Estructura orgánica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital

 03/03/2025
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Decreto Foral 7/2025, de 12 de febrero, por el que se modifica el Decreto Foral 252/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital (BON de 28 de febrero de 2025). Texto completo.

DECRETO FORAL 7/2025, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 252/2023, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Por Decreto Foral 252/2023, de 15 de noviembre , se estableció la estructura orgánica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital. El citado decreto foral, recoge en su capítulo IV, el ámbito material de competencias y la estructura de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, sus servicios y sus funciones, respectivamente, así como las secciones que los componen y sus funciones. En concreto:

En el Servicio de Sistemas de Información Departamentales:

-Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Presidencia, Interior y Justicia.

-Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo.

-Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Cohesión Territorial, Vivienda, Universidad e Innovación.

-Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Juventud, Políticas Migratorias e Igualdad.

-Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Industria, Memoria y Convivencia y Cultura, Deporte y Turismo.

En el Servicio de Administración Electrónica, Hacienda, RRHH y SITNA:

-Sección de Mantenimiento y Evolución de los Sistemas de Administración Electrónica.

-Sección de Gestión y Soporte de los Sistemas de Administración Electrónica.

-Sección de Sistemas de Información Centrales del Área de Economía, Coordinación y Tecnología.

-Sección de Sistemas de Información Centrales del Área de RRHH.

-Sección de Sistemas de Información Territorial.

-Sección de Proyectos de Sistemas de Información en las Áreas de Hacienda y Política Financiera.

-Sección de Impulso Digital y Modernización de los Procedimientos de Personal.

En el Servicio de Avance Digital:

-Sección de Confianza y Brecha Digital.

-Sección de Ingeniería de Datos e Inteligencia Artificial.

-Sección de Portalización y Experiencia Digital.

-Sección Oficina del Dato.

Las atribuciones y funciones referenciadas deben ser modificadas y revisadas para ajustarlas a la realidad actual que se ve reflejada en la apuesta de Gobierno de Navarra por la economía del dato y la oficina del dato, así como un nuevo modelo de atención a los departamentos, y así mejorar la calidad del servicio prestado, al tiempo que se hace frente a la carga de trabajo que han ocasionado los proyectos y el impulso de la Transformación Digital de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

La Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización propone, por un lado, modificar la sección 4.ª del Decreto Foral 252/2023 , en la que se regula el Servicio de Sistemas de Información Departamentales.

El servicio, que pasará a denominarse Servicio de Soluciones Departamentales, se estructurará en cuatro nuevas secciones:

-Sección de Estrategia Digital.

-Sección de Arquitectura de Desarrollo y Análisis de Soluciones.

-Sección de Soluciones de Reutilización y Eficiencia de la Administración.

-Sección de Soluciones de Tramitación y Relaciones con la Ciudadanía.

La mencionada modificación implica reordenar y repartir competencias con otros servicios.

Por ello, además, propone, modificar el nombre, la estructura y funciones del Servicio de Administración Electrónica, Hacienda, RRHH y SITNA, que se denominará, Servicio de Soluciones Corporativas y al que se le adscribe la Sección de Soluciones para Interior y Justicia.

Por último, propone, modificar la estructura y funciones del Servicio de Avance Digital al que se le adscribe la Sección de Sistemas de Información Territorial, la cual, venía estando adscrita al Servicio de Administración Electrónica, Hacienda, RRHH y SITNA.

En su virtud, a propuesta de la consejera de Universidad, Innovación y Transformación Digital, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el doce de febrero de dos mil veinticinco,

DECRETO:

Artículo único. Modificación del Decreto Foral 252/2023, de 15 de noviembre , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital.

Se modifica el Decreto Foral 252/2023, de 15 de noviembre , por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital, en el sentido siguiente:

Uno.-Se modifica el artículo 24, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 24. Estructura de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

La Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización se estructura en las unidades siguientes:

a) Servicio de Telecomunicaciones, Infraestructuras y Ciberseguridad.

b) Servicio de Plataformas y Operaciones.

c) Servicio de Soluciones Departamentales.

d) Servicio de Tecnologías de la Información Sanitarias.

e) Servicio de Sistemas de Información para la Gestión Asistencial y Sanitaria.

f) Servicio de Soluciones Corporativas.

g) Servicio de Avance Digital.

h) Sección de Régimen Jurídico.

i) Sección de Gestión Administrativa y Económica.

Dos.-Se modifica la sección 4.ª del capítulo IV, que queda redactada de la siguiente forma:

"Sección 4.ª Servicio de Soluciones Departamentales.

Artículo 35. Ámbito material y funcional del Servicio de Soluciones Departamentales.

El Servicio de Soluciones Departamentales ejercerá las siguientes funciones:

a) Promoción de la innovación, la transformación digital y la cultura del dato en los departamentos de la Administración de su ámbito.

b) Contribución a la estrategia de digitalización de la Administración y de Navarra en su conjunto, elaborando junto con los departamentos de su ámbito sus estrategias de transformación digitales, planes de trabajo, seguimiento de planes, memorias y evaluaciones. Asesoramiento en materia de innovación y transformación digital, contribuir a la formación en materia de digitalización, a las unidades de su ámbito. Colaboración para la propuesta y desarrollo de normativa relativa a la transformación digital.

c) Promoción e impulso de la implantación de sistemas de información modernos y eficientes, que estén alineados con las necesidades reales de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos, que aporten valor en la articulación y ejecución de políticas públicas y en la prestación de unos servicios públicos de calidad, y que ayuden a conseguir una Administración abierta y moderna caracterizada por su agilidad, eficacia y cercanía.

d) Impulso y promoción del desarrollo de servicios públicos digitales más inclusivos, eficientes, personalizados, proactivos y de calidad para el conjunto de la ciudadanía. Contribución a mejorar la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos, ciudadanas y empresas, y favorecer la eficiencia y eficacia de los empleados públicos a través de la digitalización.

e) Promoción e impulso de la interoperabilidad entre los sistemas de información y de los procedimientos a los que estos dan soporte para posibilitar el intercambio de información y conocimiento. Promoción e impulso de la reutilización de herramientas, plataformas y aplicaciones a través de la colaboración entre distintas unidades de Gobierno de Navarra y otras Administraciones.

f) Coordinación interna, cuando sea necesario, con las unidades de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, en relación con las necesidades detectadas en su ámbito de competencia. Participación en los grupos de trabajo horizontales de arquitectura y de gobernanza TIC de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

g) Realización de la planificación, estudio de viabilidad, diseño, desarrollo, ejecución y dirección técnica, operación, mantenimiento y evolución de proyectos y soluciones de transformación digital de las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio.

h) Elaboración de los pliegos técnicos y gestión de los expedientes de contratación y encargos para el conjunto de las unidades sectoriales demandantes de sistemas de información en su ámbito de actuación. Elaboración de los presupuestos anuales para la ejecución de sus funciones.

i) Mantenimiento de las relaciones institucionales con otras administraciones locales, regionales, nacionales o internacionales para la elaboración de soluciones interadministrativas sectoriales. Representar al Gobierno de Navarra en las reuniones sectoriales de transformación digital nacionales, europeas e internacionales.

j) Cuantas otras, le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

Artículo 36. Estructura del Servicio de Soluciones Departamentales.

El Servicio de Soluciones Departamentales se estructura en las secciones siguientes:

a) Sección de Estrategia Digital.

b) Sección de Arquitectura de Desarrollo y Análisis de Soluciones.

c) Sección de Soluciones de Reutilización y Eficiencia de la Administración.

d) Sección de Soluciones de Tramitación y Relaciones con la Ciudadanía.

Artículo 37. Ámbito material y funcional de la Sección de Estrategia Digital.

La Sección de Estrategia Digital ejercerá las siguientes funciones:

a) Promoción de la innovación, la transformación digital y la cultura del dato en los departamentos de la Administración de su ámbito.

b) Contribución a la digitalización de la Administración y Navarra en su conjunto, elaborando con los departamentos sus estrategias de transformación digitales, planes de trabajo, seguimiento de planes, memorias y evaluaciones.

c) Asesoramiento en materia de innovación y transformación digital a las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio.

d) Colaboración para la propuesta y desarrollo de normativa relativas a la transformación digital de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

e) Contribución a la comunicación y difusión de la actividad de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización con la actividad del servicio.

f) Contribución a la formación en materia de digitalización a las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio.

g) Elaboración de los pliegos técnicos y gestión de los expedientes de contratación y encargos para el conjunto de las unidades sectoriales demandantes de sistemas en su ámbito de actuación.

h) Elaboración de los presupuestos anuales para la ejecución de sus funciones.

i) Mantenimiento de las relaciones institucionales con otras administraciones locales, regionales, nacionales o internacionales para la elaboración de soluciones interadministrativas sectoriales.

j) Representación de Gobierno de Navarra en las reuniones sectoriales de transformación digital nacionales, europeas e internacionales.

k) Planificación y dirección técnica de proyectos y soluciones de transformación digital de las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio.

Artículo 38. Ámbito material y funcional de la Sección de Arquitectura de Desarrollo y Análisis de Soluciones.

La Sección de Arquitectura de Desarrollo y Análisis de Soluciones ejercerá las siguientes funciones:

a) Estudio de viabilidad de proyectos y soluciones de transformación digital de las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio.

b) Coordinación interna, cuando sea necesario, con las unidades de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, en relación con el análisis de proyectos y soluciones de transformación digital.

c) Establecimiento de las líneas estratégicas de evolución en materia tecnológica de los sistemas de información en su área de competencia.

d) Difusión, asesoramiento, y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones en su área de competencia.

e) Promoción e impulso de la reutilización de herramientas, plataformas y aplicaciones a través de la colaboración entre distintas unidades de Gobierno de Navarra y otras Administraciones. Apoyo y colaboración en la identificación de datos susceptibles de ser clasificados como datos abiertos.

f) Promoción e impulso de la interoperabilidad entre los sistemas de información y de los procedimientos a los que estos dan soporte.

Artículo 39. Ámbito material y funcional de la Sección de Soluciones de Reutilización y Eficiencia de la Administración.

La Sección de Soluciones de Reutilización y Eficiencia de la Administración ejercerá las siguientes funciones:

a) Diseño, desarrollo, ejecución y dirección técnica de proyectos y soluciones de transformación digital de las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio, relacionadas con procesos de gestión interna.

b) Operación, mantenimiento y evolución de los proyectos y soluciones digitales de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio, relacionadas con procesos de gestión y procedimientos internos.

c) Diseño, desarrollo, ejecución, y dirección técnica de proyectos y soluciones de elementos o componentes reutilizables. Así como la operación, mantenimiento y evolución de dichos elementos.

d) Cuantas otras, le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización.

Artículo 40. Ámbito material y funcional de la Sección de Soluciones de Tramitación y Relaciones con la Ciudadanía.

La Sección de Soluciones de Tramitación y Relaciones con la Ciudadanía ejercerá las siguientes funciones:

a) Diseño, desarrollo, ejecución y dirección técnica de proyectos y soluciones de transformación digital de las unidades de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del Servicio, relacionadas con servicios a la ciudadanía.

b) Operación, mantenimiento y evolución de los proyectos y soluciones digitales de la Administración de la Comunidad Foral y los organismos autónomos del ámbito del servicio, relacionadas con servicios a la ciudadanía.

c) Impulso y promoción del desarrollo de servicios públicos digitales más inclusivos, eficientes, personalizados, proactivos y de calidad para el conjunto de la ciudadanía.

d) Impulso de la mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos, ciudadanas y empresas, y favorecer la eficiencia y eficacia del personal empleado público a través de la digitalización.

e) Cuantas otras, le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización."

Tres.-Se elimina el contenido del artículo 41.

Cuatro.-Se modifica el título de la sección 7.ª del capítulo IV, que pasará a ser:

"Sección 7.ª Servicio de Soluciones Corporativas"

Cinco.-Se modifica el artículo 53, que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 53. Ámbito material y funcional del Servicio de Soluciones Corporativas.

El Servicio de Soluciones Corporativas ejercerá las siguientes funciones:

a) Implementación de las herramientas de transformación tecnológico-administrativa que determina la normativa, tanto legal como técnica, para una dirección, gestión y tramitaciones administrativas más personalizadas y avanzadas.

b) Planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de información y aplicaciones informáticas de carácter horizontal de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos. A título enunciativo, se incluyen los siguientes: sistemas de gestión económico financiera, sistemas de gestión de recursos humanos, sistemas de contratación electrónica, sistemas de gestión de procedimientos y servicios electrónicos, sistemas de firma, sistemas de notificación electrónica, sistemas de digitalización, interoperabilidad, gestión y tramitación electrónica de expedientes, sistemas de comunicación electrónica segura, registro de entrada, control de accesos, archivo digital, servicio de pago y servicios de verificación y consulta de datos (SVCD).

c) Planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de información y aplicaciones informáticas de carácter vertical o departamental de las áreas de Hacienda y Política Financiera y en las áreas de Interior y Justicia.

d) La coordinación interna, cuando sea necesario, con las unidades de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, en relación con las peticiones recibidas en su ámbito de competencia.

e) El establecimiento de las líneas estratégicas de evolución en materia tecnológica de los sistemas de información en su área de competencia.

f) La difusión, asesoramiento, y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones en su área de competencia.

g) Cuantas otras, le atribuya la legislación vigente o le encomiende su dirección general."

Seis.-Se modifica el artículo 54, que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 54. Estructura del Servicio de Soluciones Corporativas.

El Servicio de Soluciones Corporativas se estructura en las secciones siguientes:

a) Sección de Mantenimiento y Evolución de los Sistemas de Administración Electrónica.

b) Sección de Gestión y Soporte de los Sistemas de Administración Electrónica.

c) Sección de Sistemas de Información Centrales del Área de Economía, Coordinación y Tecnología.

d) Sección de Sistemas de Información Centrales del Área de RRHH.

e) Sección de Proyectos de Sistemas de Información en las Áreas de Hacienda y Política Financiera.

f) Sección de Impulso Digital y Modernización de los Procedimientos de Personal.

g) Sección de Soluciones para Interior y Justicia."

Siete.-Se elimina el contenido del artículo 59.

Ocho.-Se añade el artículo 61 bis, que queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 61.bis. Ámbito material y funcional de la Sección de Soluciones para Interior y Justicia.

La Sección de Soluciones para Interior y Justicia en el contexto de su respectiva área de competencia en relación a las soluciones y sistemas de información para Interior y Justica, ejercerá las siguientes funciones:

a) Análisis, desarrollo y preparación para la implantación de los sistemas de información.

b) Coordinación para la promoción, difusión, asesoramiento y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones.

c) Estandarización de los sistemas de información.

d) Cuantas otras, le atribuya la legislación vigente o le encomiende su dirección general."

Nueve.-Se modifica el artículo 62, que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 62. Ámbito material y funcional del Servicio de Avance Digital.

El Servicio de Avance Digital ejercerá las siguientes funciones:

a) Promoción de la transformación digital en la Administración y en la sociedad, involucrando a la ciudadanía, las entidades colaboradoras, empresas y empleados y empleadas públicas en el diseño, su gestión y evaluación.

b) Reducción de la brecha digital en la Comunidad Foral de Navarra, ya sea geográfica, cultural, social, económica, de género o de cualquier otra índole.

c) Desarrollo de forma transversal de la transformación digital en todos los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

d) Alineamiento de la estrategia de transformación digital de los servicios públicos y los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a las recomendaciones y normativas europeas y estatales.

e) Elaboración, coordinación e impulso de planes interdepartamentales de transformación digital de los servicios públicos.

f) Normalización y recopilación de todas las bases de datos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, explotándolos en base a la inteligencia de negocio y el big data.

g) Planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de analítica y analítica avanzada de carácter horizontal de la Administración de Comunidad Foral y sus organismos públicos, así como aquellos de carácter vertical o departamental, en colaboración con los servicios departamentales competentes en materia de sistemas de información.

h) Planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, y gestión de sistemas de publicación de contenidos en navarra.es y de implementación de sitios web, portales, y soluciones basadas en plataformas de experiencia digital, así como de sistemas de gestión de conocimiento de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos.

i) Participación en los órganos de decisión de la Oficina del Dato de Navarra. Planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, implementación y gestión de proyectos de este ámbito.

j) Planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, y gestión de los sistemas de información territorial, como son el Sistema de Información Territorial (SITNA) y otros.

k) Cuantas otras, le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización."

Diez.-Se modifica el artículo 63, que queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 63. Estructura del Servicio de Avance Digital.

El Servicio de Avance Digital se estructura en las secciones siguientes:

a) Sección de Confianza y Brecha Digital.

b) Sección de Ingeniería de Datos e Inteligencia Artificial.

c) Sección de Portalización y Experiencia Digital.

d) Sección Oficina del Dato.

e) Sección Sistemas de Información Territorial."

Once.-Se añade el artículo 67 bis, que queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 67. bis. Ámbito material y funcional de la Sección de Sistemas de Información Territorial.

La Sección de Sistemas de Información Territorial, en el contexto de su respectiva competencia en relación con los sistemas de información territorial de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos y, en general, todos los sistemas de información de carácter horizontal de este ámbito, ejercerá las siguientes funciones:

a) Análisis, desarrollo y preparación para la implantación de los sistemas de información.

b) Coordinación para la promoción, difusión, asesoramiento y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones.

c) Estandarización de los sistemas de información.

d) La Secretaría de la Comisión de Coordinación del Sistema de Información Territorial de Navarra (SITNA).

e) Desarrollo de programas de información y difusión y acciones relativas al Sistema de Información Territorial de Navarra y a los subsistemas relacionados con el mismo, dirigidos a facilitar la comunicación y el conocimiento de estos sistemas a escala regional, nacional e internacional.

f) Seguimiento y desarrollo de proyectos relacionados con los sistemas de información territorial en los programas impulsados por otras instituciones y organismos tanto en España como en la Unión Europea.

g) Seguimiento y desarrollo de líneas de colaboración y de actuación ante los actores, públicos y privados, relacionados con los sistemas de información territorial, para la obtención en el ámbito de la Comunidad Foral de las condiciones adecuadas para el desarrollo de la misma.

h) Coordinación necesaria para la promoción, difusión, asesoramiento y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones, así como para la estandarización de los sistemas de información. Todo ello en el contexto de su respectiva área de competencia.

i) Cualquier otra, que le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización."

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera.-Supresión de unidades.

En este decreto foral se suprimen las siguientes unidades:

a) En la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización:

-El Servicio de Sistemas de Información Departamentales.

-El Servicio de Administración Electrónica, Hacienda, RRHH y SITNA.

b) En el Servicio de Sistemas de Información Departamentales:

-La Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Presidencia, Interior y Justicia.

-La Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo.

-La Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Industria, Memoria y Convivencia y Cultura, Deporte y Turismo.

-La Sección de Sistemas de Información para la Áreas de Cohesión Territorial, Vivienda, Universidad e Innovación.

-La Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Juventud, Políticas Migratorias e Igualdad.

Disposición adicional segunda.-Creación de unidades.

En este decreto foral se establecen las siguientes unidades de nueva creación:

a) En la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización:

-El Servicio de Soluciones Departamentales.

-El Servicio de Soluciones Corporativas.

b) En el Servicio de Soluciones Departamentales:

-La Sección de Estrategia Digital.

-La Sección de Arquitectura de Desarrollo y Análisis.

-La Sección de Soluciones de Reutilización y Eficiencia de la Administración.

-La Sección de Soluciones de Tramitación y Relaciones con la Ciudadanía.

c) En el Servicio de Soluciones Corporativas:

-La Sección de Soluciones para Interior y Justicia.

Disposición adicional tercera.-Requisitos exigibles para el ejercicio de las jefaturas de las unidades.

Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización:

a) Las jefaturas de sección del Servicio de Soluciones Departamentales, no llevan asociado ningún requisito, ni académico, ni de puesto, ni de nivel.

b) La jefatura de la Sección de Soluciones para Interior y Justicia del Servicio de Soluciones Corporativas, no lleva asociado ningún requisito, ni académico, ni de puesto, ni de nivel.

c) Requisitos exigibles para la jefatura de Sección de Sistemas de Información Territorial del Servicio de Avance Digital:

-Título de Ingeniería de Telecomunicaciones, Ingeniería Técnica Informática, Ingeniería Industrial, Ingeniería Técnica Industrial, Empresariales o Derecho, grado/máster en el área profesional de la Ingeniería de Telecomunicaciones, grado/máster en el área profesional de la Ingeniería Informática o grado/máster en el área profesional de la Ingeniería Técnica Informática, grado/máster en el área profesional de la Ingeniería Industrial o grado/master en el área profesional de la Ingeniería Técnica Industrial o grado/master en el área profesional de Empresariales o Derecho, o haber sido nombrado para uno de estos puestos:

a) Ingeniero o ingeniera de telecomunicaciones.

b) Técnico o técnica superior en sistemas de información.

c) Técnico o técnica superior en sistemas informáticos.

d) Técnico o técnica de grado medio en sistemas informáticos.

e) Técnico o técnica de grado medio en sistemas de información.

f) Técnico o técnica de administración pública rama jurídica.

g) Técnico o técnica de administración pública rama económica.

Disposición adicional cuarta.-Cambio de adscripción de unidades.

Cambios de adscripción entre servicios de la misma dirección general.

En la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización:

-La Sección de Sistemas de Información Territorial que pasa del Servicio de Soluciones Corporativas al Servicio de Avance Digital.

Disposición adicional quinta.-Nombramientos de determinadas direcciones de servicio y jefaturas de sección.

Se confirma, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

a) En la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización:

-La persona titular de la dirección de Servicio de Sistemas de Información Departamentales que pasará a desempeñar el puesto de titular de la Dirección de Servicio de Soluciones Departamentales.

-La persona titular de la dirección de Servicio de Sistemas de Administración Electrónica, Hacienda, RRHH y SITNA que pasará a desempeñar el puesto de titular de la Dirección de Servicio de Soluciones Corporativas.

b) En el Servicio de Soluciones Departamentales:

-La persona titular de la jefatura de Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Presidencia, Interior y Justicia que pasara a desempeñar el puesto de titular de la jefatura de Sección de Estrategia Digital.

-La persona titular de la jefatura de Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo que pasará a desempeñar el puesto de titular de la jefatura de Sección de Arquitectura de Desarrollo y Análisis de Soluciones.

-La persona titular de la jefatura de Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Industria, Memoria y Convivencia y Cultura, Deporte y Turismo que pasará a desempeñar el puesto de titular de la jefatura de Sección de Soluciones de Reutilización y Eficiencia de la Administración.

-La persona titular de la jefatura de Sección de Sistema de Información para las Áreas de Cohesión Territorial, Vivienda, Universidad e Innovación que pasará a desempeñar el puesto de titular de la jefatura de Sección de Soluciones de Tramitación y Relaciones con la Ciudadanía.

c) En el Servicio de Soluciones Corporativas:

-La persona titular de la jefatura de la Sección de Sistemas de Información para las Áreas de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Juventud, Políticas Migratorias e Igualdad que pasará a desempeñar el puesto de titular de la jefatura de Sección de Soluciones de Interior y Justicia.

DISPOSICIÓN FINAL

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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