Modificación del Reglamento de la Comisión de Calidad de la Facultad de Ciencias Químicas

 12/09/2013
 Compartir: 

Resolución de 19 de julio de 2013, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la se aprueba la modificación del Reglamento de la Comisión de Calidad de la Facultad de Ciencias Químicas (BOPV de 11 de septiembre de 2013). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 19 DE JULIO DE 2013, DEL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS.

El 6 de junio de 2011, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución de 10 de junio de 2011, de la Secretaria General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena publicar en el Boletín Oficial del País Vasco los Reglamentos de las Comisiones de Calidad de varias Facultades y Escuelas Universitarias de la UPV/EHU, entre otras, el de la Facultad de Ciencias Químicas.

Con fecha de 25 de abril de 2013, la Junta de la Facultad de Ciencias Químicas acuerda, por unanimidad, la modificación del artículo 2.1 del citado Reglamento consistente en dotar de una composición diferente a la Subcomisión de Grado en Química, dependiente de la Comisión de Calidad, de forma que sean los coordinadores de curso quienes forman parte de la misma en lugar de “cuatro representantes de los Departamentos y Secciones departamentales adscritas a la Facultad”.

El artículo 2.2 del Reglamento Marco de las Comisiones de Calidad (BOPV de 21 de julio de 2010) dispone que “La aprobación normativa del Reglamento de la Comisión de Calidad del Centro corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Junta de Centro, tras la emisión del preceptivo informe de legalidad. Por parte de la Secretaría General se procederá, por delegación, a la aprobación de los Reglamentos que cuenten con todos los informes favorables y respecto de los cuales no haya solicitud expresa de elevación por parte de algún miembro de éste o el 15% de los miembros de la Junta del propio Centro. De esta aprobación se informará al Consejo de Gobierno”.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la modificación del artículo 2.1 del Reglamento de la Comisión de Calidad de la Facultad de Ciencias Químicas, que pasará a tener la siguiente redacción:

“Esta Comisión de Titulación está compuesta por la o el Decano o persona en quien delegue, que la presidirá, el o la coordinadora de la titulación, los cuatro coordinadores de curso, 1 representante del PAS y un representante de los alumnos y alumnas a propuesta del Consejo de Estudiantes del Centro. La propia Comisión de Calidad decidirá entre sus miembros quién actúa de Secretaria o Secretario de la misma.”

Segundo.- Informar al Consejo de Gobierno de la presente aprobación.

Tercero.- Ordenar la publicación de la modificación del Reglamento de la Comisión de Calidad de la Facultad de Química, una vez se haya informado al Consejo de Gobierno de su aprobación.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  9. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana