Modificación del reglamento de procedimiento del Tribunal General

 27/06/2013
 Compartir: 

Modificación del reglamento de procedimiento del Tribunal General (DOUE de 26 de junio de 2013) Texto completo.

Se modifica el artículo 35 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, de 2 de mayo de 1991 para incluir el croata entre las lenguas de procedimiento.

El Reglamento de procedimiento del Tribunal General, de 2 de mayo de 1991 puede consultarse en el Libro Décimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL TRIBUNAL GENERAL

EL TRIBUNAL GENERAL,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 254, párrafo quinto,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 106 bis, apartado 1,

Visto el artículo 64, párrafo segundo, del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,

Visto el acuerdo del Tribunal de Justicia,

Considerando que con la adhesión de la República de Croacia el croata se convierte en lengua oficial de la Unión Europea y que dicha lengua debe figurar entre las lenguas de procedimiento establecidas por el Reglamento de Procedimiento,

Con la aprobación del Consejo, dada el 7 de junio de 2013,

ADOPTA LA SIGUIENTE MODIFICACIÓN DE SU REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, de 2 de mayo de 1991 (DO L 136, de 30 de mayo de 1991, p. 1, con corrección de errores en DO L 317, de 19 de noviembre de 1991, p. 34), queda modificado como sigue:

El artículo 35, apartado 1, se sustituye por el texto siguiente:

“Las lenguas de procedimiento serán el alemán, el búlgaro, el checo, el croata, el danés, el eslovaco, el esloveno, el español, el estonio, el finés, el francés, el griego, el húngaro, el inglés, el irlandés, el italiano, el letón, el lituano, el maltés, el neerlandés, el polaco, el portugués, el rumano y el sueco.”

Artículo 2

1. La presente modificación del Reglamento de Procedimiento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor al mismo tiempo que el Tratado de adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.

2. El texto del Reglamento de Procedimiento en lengua croata será adoptado tras la entrada en vigor del Tratado mencionado en el apartado anterior.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana