Lainformacion.com 06.03.13
Las retribuciones abonadas a sus trabajadores por ayuntamientos, diputaciones, cabildos o comunidades autónomas han gozado hasta ahora de un singular régimen de opacidad, amparado por una legislación que no sólo les daba autonomía plena para su definición sino que apenas establecía control u obligación de transparencia alguna.
Este régimen toca a su fin. Gracias a las nuevas obligaciones establecidas en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, el Ministerio de Hacienda ha conseguido recopilar por primera vez información detallada sobre todos los salarios que comunidades autonómas, ayuntamientos, ciudades autónomas, cabildos, diputaciones provinciales, consejos insulares y diputaciones forales abonan a sus trabajadores.
La información requerida por Hacienda, que se hará pública dentro de un par de meses según confirman fuentes del Ministerio, alcanza tanto al personal funcionario como al laboral, tanto al de administración general como al de servicios de educación, sanidad, administración de justicia o seguridad.
Quedarán al descubierto los sueldos de todos los alcaldes de España, de todos los presidentes regionales, de todos los concejales, pero también el de todos los cargos de confianza a nómina de un ayuntamiento, una comunidad autónoma o una diputación; el de los directores generales; y, al cabo, el de todos los trabajadores de la Administración local, provincial o autonómica.
Bueno, todos no. Quedan fuera de este primer inventario salarial de las Administraciones Públicas las retribuciones del personal al servicio de las entidades públicas empresariales y de las sociedades mercantiles dependientes de la comunidad, organismo o ayuntamiento.
Y no porque el Gobierno haya renunciado a esa información, sino por cuestiones técnicas. La Orden de Hacienda que regulaba la elaboración de este inventario no se aprobó hasta octubre y la instrucción que la detallaba hasta diciembre, lo que les daba apenas dos meses para recopilar todos esos datos.
Hacienda, no obstante, no renuncia a solicitar esa información a partir del próximo año.
Radiografía de los sueldos públicos
¿Qué información se han visto obligadas a revelar las administraciones territoriales? La instrucción de Hacienda les obligaba a presentar la relación de todos los puestos de trabajo que tuvieran en nómina con las retribuciones que correspondieran a cada uno de ellos.
No se trata, por tanto, de especificar el salario concreto de todos y cada uno de los más de dos millones de empleados públicos a sueldo de las administraciones territoriales, sino de dar cuenta del sueldo asignado a cada puesto de trabajo (sea éste el de consejero, el de ordenanza o el de cargo de confianza) y los complementos de productividad asignados con carácter fijo a dicho puesto. También las pagas a las que tienen derecho.
En el caso de los altos cargos, Hacienda ha pedido más información. En concreto, que se identifique la productividad asignada a cada tipo de cargo y también que se expliquen las eventuales diferencias que pudieran existir en el abono de este concepto, con el objetivo de constatar que están justificadas.
Hacienda no ha considerado oportuno exigir la consignación de los conceptos retributivos de carácter personal. Hablamos aquí del grado personal, los trienios o los complementos por haber desempeñado un puesto de alto cargo con anterioridad, la popular mochila de altos cargos, que recibe cada empleado.
Es decir, sí se debe informar del valor que la administración de turno da a cada trienio de trabajo o a cada hora extraordinaria, pero no los complementos que por este concepto se abonaron en 2012 a cada uno de los funcionarios que tienen en nómina.
La razón es que el objetivo del denominado programa de Información Salarial de Puestos de la Administración (ISPA) no es tanto conocer el detalle de las retribuciones concretas que percibe cada uno de los funcionarios, como obtener información comparable de la retribución asignada por cada administración a cada puesto de trabajo.
Es decir, el objetivo es elaborar un inventario que permita identificar las diferencias existentes entre funcionarios con el mismo puesto de trabajo según la administración para la que trabaje.
La información obtenida no sólo permitirá a Hacienda disponer de una precisa y detallada foto fija de la política salarial de todas y cada una de las administraciones públicas españolas, sino también obtener una información preciosa.
Hacienda podrá conocer, por ejemplo, el número de cargos nombrados a dedo existente en cada administración pública y determinar si éste se ajusta a sus necesidades o no.
Esta información será particularmente relevante en el caso de las administraciones locales, ya que la reforma local planteada por el Gobierno y que está pendiente del informe del Consejo de Estado prevé restringir el número de cargos de confianza que pueden estar a sueldo de cada ayuntamiento o diputación.
La información obtenida también permitirá poner de manifiesto las eventuales discrepancias de plantilla y retribución que puedan existir entre departamentos similares de administraciones de tamaño similar, e identificar de este modo las mejores y más eficaces prácticas en la gestión.
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