Se deroga la Orden de 18 de junio de 2009, que regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública a las personas sin recursos

 05/12/2012
 Compartir: 

Orden de 12 de noviembre de 2012, por la que se deroga la Orden de 18 de junio de 2009, que regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública a las personas sin recursos (BOC de 4 de diciembre de 2012). Texto completo.

ORDEN DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2012, POR LA QUE SE DEROGA LA ORDEN DE 18 DE JUNIO DE 2009, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA PÚBLICA A LAS PERSONAS SIN RECURSOS.

El Real Decreto 1088/1989, de 8 de septiembre , extendía la cobertura de la asistencia sanitaria a las personas sin recursos económicos suficientes, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que establece que el Gobierno regulará el sistema de financiación de la cobertura de la asistencia sanitaria del Sistema de la Seguridad Social para las personas sin recursos económicos no incluidas en la misma, con cargo a transferencias estatales.

Asimismo, el artículo 3 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias, atribuye entre las funciones del Servicio Canario de la Salud, la asistencia sanitaria de cobertura universal y garantizadora del acceso y goce de las prestaciones en condiciones de igualdad efectiva.

Por lo anterior, el Decreto 56/2007, de 13 de marzo , por el que se regula la tarjeta sanitaria canaria, el documento sanitario de inclusión temporal y el acceso a las prestaciones públicas de asistencia sanitaria y farmacéutica prevé, en su Disposición Adicional Tercera, que el titular de la Consejería competente en materia de sanidad, procederá a regular mediante Orden y en el marco de la normativa básica estatal, el procedimiento y requisitos para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública por personas sin recursos económicos suficientes. Es por lo que, posteriormente, se dicta la Orden de 18 de junio de 2009, que regula el procedimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública a las personas sin recursos económicos suficientes, modificada por la Orden de 18 de abril de 2011.

Finalmente, el reciente Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto , que regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España con cargo a los fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud, deroga expresamente el citado Real Decreto 1088/1989, de 8 de septiembre . Por este motivo, quedan también sin efecto las Órdenes anteriormente referidas, sobre procedimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública a las personas sin recursos económicos suficientes.

De acuerdo con lo expuesto y en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, conforme a lo dispuesto en el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo único.

Queda derogada la Orden de 18 de junio de 2009, de la Consejera de Sanidad, que regula el procedimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública a las personas sin recursos económicos suficientes.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. INAP: Nueva convocatoria de actividades formativas de apoyo para la preparación de los procesos selectivos por promoción interna en los cuerpos adscritos a la Secretaría de Estado de Función Pública
  2. Actualidad: Oferta de Empleo Público para 2026: número de plazas y ejes estratégicos
  3. Estudios y Comentarios: La quinta ola del gobierno abierto: reflexiones sobre transparencia, participación y control en el uso de la IA en la Administración pública
  4. Legislación: Normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2027
  5. Tribunal Supremo: Las asociaciones legalmente constituidas no necesitan detallar en sus estatutos cada actuación jurídica, basta con apelar a los intereses comunes de sus miembros para ver reconocida legitimación activa para la defensa de los mismos
  6. INAP: Abierto el plazo de inscripción en el itinerario formativo de Competencias para el Teletrabajo hasta el 10 de junio
  7. Legislación: Estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y Familia
  8. Actualidad: El Gobierno aprueba el contrato-programa de Correos con el Estado para la prestación de servicios esenciales
  9. Tribunal Supremo: La pérdida de la condición de prioritaria de una explotación agraria adquirida “mortis causa” no impide la aplicación de la reducción del 90 por ciento de la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones
  10. INAP: El INAP participa en el XII Encuentro Iberoamericano de Institutos y Escuelas de Administración Pública, que se celebra en Bogotá de la mano de la Escuela Superior de Administración Pública de Colombia y del CLAD

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana