Ve inconstitucional la prisión permanente revisable

La Abogacía dice que una reforma del Código Penal no puede justificarse en la alarma social y su repercusión mediática

 15/10/2012
 Compartir: 

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) advierte de que la modificación del ordenamiento penal no puede encontrar su justificación en la alarma social que producen determinados hechos delictivos, "por graves y repulsivos que sean, y mucho menos ser consecuencia de la repercusión mediática de los mismos".

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

La Abogacía presentará alegaciones durante la tramitación parlamentaria al anteproyecto de ley de reforma del Código Penal aprobado este jueves por el Gobierno al considerar que la prisión permanente revisable es inconstitucional.

La Abogacía Española y su Subcomisión de Derecho Penitenciario se han expresado "reiteradamente" en contra de cualquier pena a la que no se le fije un límite de cumplimiento.

Recuerda en un comunicado que la Constitución establece que las penas privativas de libertad se tienen que orientar a la reeducación y reinserción social de los penados.

Por lo tanto, advierte de que toda pena que no cumpla este requisito atenta contra el artículo 15 de la Carta Magna, que repudia cualquier trato inhumano y degradante, y es contraria a la dignidad de la persona, de los derechos inviolables que le son inherentes, y el libre desarrollo de la personalidad, tal y como recoge el artículo 10 de la Constitución.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana