La filosofía de la nueva Ordenanza sigue siendo la adecuada ordenación de la convivencia y uso de parques, jardines públicos y mobiliario urbano, estableciendo para ello deberes, prohibiciones o limitaciones de uso. La consecución de este fin obliga a una nueva regulación del régimen sancionador. Como novedad se introduce la necesidad de que a cualquier tala y apeo de árboles le preceda una motivación individualizada acreditando la inviabilidad de cualquier otra alternativa, salvo los casos de inminente peligro. Asimismo, se recoge como novedad la obligatoriedad de publicar en la página web las actuaciones llevadas a cabo en este sentido, para su difusión pública
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