RESOLUCIÓN DE 31/08/2012, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE PRORROGAN LOS CRÉDITOS DE LOS CAPÍTULOS III, IV Y VI DEL PRESUPUESTO, SE ACUERDA LA NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS PRORROGADOS Y SE ADOPTAN OTRAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE CONTROL PRESUPUESTARIO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2012.
Mediante Resolución de la Universidad de Castilla-La Mancha, de 26 de enero de 2012, se acordó la no disponibilidad de créditos prorrogados y se adoptaron otras medidas complementarias de control presupuestario para el ejercicio económico 2012.
Considerando que se mantienen las circunstancias que motivaron la adopción de la citada Resolución, procede prorrogar la misma, con la sola modificación de liberar otro 10% de los créditos iniciales consignados en la prórroga del presupuesto de 2011 para el ejercicio 2012.
En su virtud, Este rectorado ha resuelto lo siguiente:
Primero.- Prorrogar los apartados primero, tercero, cuarto y quinto de la Resolución de 26 de enero de 2012 a que se ha hecho referencia con anterioridad.
Segundo.- Prorrogar el apartado segundo de la Resolución de 26 de enero de 2012 citada con la siguiente redacción:
Acordar la retención del 70% de los créditos financiados con fondos propios, correspondientes a los capítulos II, III, IV y VI, exceptuando las aplicaciones presupuestarias 00110 y 00141 recogidas en el Anexo de la citada Resolución de 17 de enero de 2012.
El acuerdo de retención del párrafo anterior no alcanzará a los créditos financiados con fondos finalistas, correspondientes a las orgánicas identificadas al efecto en el presupuesto del ejercicio 2011 o sus equivalentes en la nueva estructura de presupuesto.
En aquellas orgánicas del presupuesto que acrediten compromisos de gastos para el ejercicio 2012 consecuencia de contratos mayores o resoluciones de convocatorias de becas formalizados con fecha anterior al 1 de enero de 2012, y sólo cuando los créditos prorrogados inicialmente disponibles fueran insuficientes, la retención del 70% será disminuida en la cuantía imprescindible para hacer frente a tales compromisos, siendo de aplicación la presente norma al nivel de vinculación establecido en el punto cuarto (orgánica, programa y artículo de gasto), exceptuando las orgánicas de contrato-programa donde la aplicación se realizará a nivel de orgánica.
En aquellas orgánicas del presupuesto en las que sea necesario atender gastos que, por su irregular distribución a lo largo del ejercicio económico, conlleven compromisos imprescindibles e inaplazables a reconocer durante el tercer cuatrimestre del 2012 superiores a los créditos prorrogados inicialmente disponibles, la retención del 70% será disminuida en el importe de tales compromisos, requiriéndose informe favorable del Vicerrector de Economía y Planificación en el que quede acreditado el carácter imprescindible e inaplazable de los compromisos. Tercero.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su fecha, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Universidad de Castilla-La Mancha.
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