Modificación de la Ordenanza

Entra en vigor el veto a la prostitución en las calles de Barcelona

 17/08/2012
 Compartir: 

La modificación de la ordenanza de convivencia en el espacio público de Barcelona que prevé vetar la prostitución callejera e incrementar las multas a clientes entrará en vigor este viernes después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) este jueves.

BARCELONA, 16 Ago. (EUROPA PRESS) –

La nueva ordenanza prevé multas más altas para los clientes y los proxenetas, si bien para las prostitutas se estipulan sanciones más leves, ha informado este jueves el consistorio.

La demanda y ofrecimiento de servicios sexuales en el espacio público está prohibido en Barcelona desde que entró en vigor la ordenanza de convivencia en 2006, aunque ahora endurece las sanciones a los clientes.

Un cambio primordial en la ordenanza es la eliminación del aviso previo de la Guardia Urbana, y que hasta ahora sólo si es desatendido deriva en multa, aunque los primeros días de la entrada en vigor de la medida serán informativas y la policía barcelonesa no multará.

Las prostitutas podrán conmutar la multa si participan en un curso de inserción de la Agencia por el Abordaje Integral del Trabajo Sexual (Abits), lo que llevará a desarrollar un reglamento para garantizar su buena aplicación.

A través de esta agencia, el Ayuntamiento seguirá potenciando la atención a las prostitutas, ya que según el consistorio, la protección a este colectivo "es una prioridad del gobierno municipal y, por eso, este año ha incrementado un 67% el presupuesto destinado a atenderlas".

El veto salió adelante definitivamente en el pleno de julio tras haber sido negociado entre CiU y el PP, que ha llevado la batuta de la modificación de la ordenanza del civismo para lograr la prohibición total de esta actividad, y el 'no' de PSC, ICV-EUiA y UpB.

MULTAS MÁS ALTAS PARA CLIENTES

Para las prostitutas, la sanción será de 100 a 300 euros por ofrecer o aceptar prestar servicios sexuales retribuidos en la calle, y de 300,01 a 750 si se hace a menos de 200 metros de una escuela.

Para los clientes que pidan o negocien, y cualquier conducta que promueva la prostitución callejera, la multa será de 1.000 a 1.200 euros, y de 1.200,01 a 1.500 si a menos de 200 metros de una escuela; si se mantienen relaciones sexuales retribuidas en la calle, será de 1.500,01 a 3.000.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana