Investiga el asesinato del ex regidor Alejandro Ponsoda

Desestiman los recursos del exalcalde de Polop y otros tres imputados por la muerte de su antecesor

 02/08/2012
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La Audiencia de Alicante ha desestimado los recursos presentados por el exalcalde de la localidad alicantina de Polop Juan Cano y otros tres imputados por el conocido como 'caso Polop', que investiga el asesinato en 2007 del entonces primer edil de la población, Alejandro Ponsoda, según ha quedado recogido en el auto remitido por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) a Europa Press.

ALICANTE, 1 (EUROPA PRESS)

La causa, de la que se encarga el juzgado número 2 de Villajoyosa (Alicante), analiza el asesinato en 2007 de Ponsoda, por aquel entonces alcalde de Polop de la Marina, quien falleció días después de haber sido presuntamente tiroteado en la puerta de su domicilio. Entre los imputados se encuentra el que fuera sustituto de la víctima en la Alcaldía, Juan Cano, detenido en noviembre de 2009 por su supuesta implicación.

De este modo, los recursos desestimados corresponden a los del propio Cano, así como a los de un empresario de calzado de la localidad, y al dueño y al gerente de un club, en el que, al parecer, los cuatro imputados pudieron planificar la muerte violenta de la víctima.

El auto, fechado el pasado 13 de julio, señala que en el recurso del que fuera exalcalde de Polop tras el crimen "se hace hincapié, tras relatar algunas vicisitudes procesales en relación con la presente causa", en que su imputación se basa "de forma casi exclusiva" en las declaraciones de un testigo protegido, "y se resaltan algunas circunstancias que restarían fiabilidad" al testimonio.

No obstante, el escrito judicial establece que "tales circunstancias deberán ser tenidas en cuenta para valorar la indicada prueba en el momento procesal oportuno, pero en principio las mismas constituyen una base suficiente en que asentar la imputación al apelante".

Del mismo modo, la defensa del empresario alegaba que de la instrucción practicada, "los actos de investigación han puesto de relieve la falta material de hecho suficiente para fundamentar la pretensión punitiva en su dimensión subjetiva", lo que en su consideración "debería conducir al dictado de auto de sobreseimiento provisional".

"CONTRADICCIONES"

Además, señalaba "las dudas de carácter fáctico sobre la imputación efectuada", y analizaba las distintas declaraciones vertidas en la fase de instrucción y lo que el apelante "entiende que son contradicciones en que incurren los testigos".

Sin embargo, la sala entiende que los relatos aportados por los testigos dejan constancia "de aspectos que indicarían la posible participación" del empresario "al menos en la planificación de la muerte violenta" de Ponsoda.

En cuanto a las alegaciones del gerente del club, cuestiona la declaración del testigo protegido "y se las pone en relación con otras declaraciones testificales o prueba documental que acreditarían la falta de verosimilitud de sus manifestaciones", del mismo modo que la defensa del dueño del establecimiento trataba de desacreditar al testimonio, aunque ninguno de sus recursos han sido estimados finalmente.

Así, la sala ha desestimado todas estas alegaciones y ha mandado notificar la resolución, contra la que no cabe recurso, al Ministerio Fiscal y a las partes personadas.

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