Se somete a información pública diversos proyectos de currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional Inicial

 16/05/2012
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Resolución de 3 de mayo de 2012, por la que se somete a información pública diversos proyectos de currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional Inicial de la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOCA de 14 de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 3 DE MAYO DE 2012, POR LA QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA DIVERSOS PROYECTOS DE CURRÍCULOS DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

A los efectos previstos en el artículo 119.3 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, resuelve:

Someter al trámite de información pública, por un período de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de esta Resolución en el boletín oficial de Cantabria, los proyectos de currículos de los ciclos formativos de Formación Profesional Inicial de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se relaciona a continuación:

- Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento.

- Técnico Superior en Administración y Finanzas.

El texto completo del citado proyecto puede ser consultado en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, Calle Vargas, 65 entresuelo sur, 39010 Santander, y en el portal educativo www.educantabria.es de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones u observaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto mencionado.

Las alegaciones u observaciones se dirigirán a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria (Calle Vargas, 53, 7.ª planta, Santander 39010) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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