Beca Ventura Varo Arellano para el año 2012

 29/03/2012
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Resolución de 12 de marzo de 2012, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria de la beca “Ventura Varo Arellano” para el año 2012. (BOJA de 28 de marzo de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 12 DE MARZO DE 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE LA BECA “VENTURA VARO ARELLANO” PARA EL AÑO 2012.

Preámbulo

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Orden de 21 de junio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán”, procede efectuar la convocatoria de la beca “Ventura Varo Arellano” para el año 2012. En aplicación de la citada disposición, y por delegación del Excmo. Consejero de Educación,

RESUELVO

Primero. Convocar la beca “Ventura Varo Arellano”, para el año 2012.

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Las personas que pueden solicitar la beca, los requisitos que deben reunir, el período de mantenimiento y las excepciones a los mismos serán los establecidos en el punto 4 del Cuadro Resumen de la Orden de 21 de junio de 2011.

Cuarto. Los anexos a utilizar para la solicitud, alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos serán los publicados en la Orden de 21 de junio de 2011.

Quinto. El crédito máximo disponible, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.8079.480.01.42D, es de 2.500 euros.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos, 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la persona titular de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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