Autoliquidación de las tasas

 14/02/2012
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Resolución de 31 de enero de 2012, de la Dirección General de Tributos, por la que se actualiza el anexo V de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece la utilización de efectos timbrados para el pago de las tasas por servicios administrativos de compulsa de documentos y de verificación de suficiencia y documentos acreditativos de legitimación (DOG de 13 de febrero de 2012). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 31 DE ENERO DE 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL ANEXO V DE LA ORDEN DE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE 30 DE JUNIO DE 1992, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO DE AUTOLIQUIDACIÓN DE LAS TASAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA Y SE ESTABLECE LA UTILIZACIÓN DE EFECTOS TIMBRADOS PARA EL PAGO DE LAS TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE COMPULSA DE DOCUMENTOS Y DE VERIFICACIÓN DE SUFICIENCIA Y DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LEGITIMACIÓN.

Para una adecuada aplicación de las tasas y los precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, la orden a que hace referencia el título de esta resolución procedió a codificar tanto las diferentes tasas como los servicios gestores que las aplican.

La presente resolución recoge los cambios producidos en el anexo citado, desde la última Resolución de 23 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Tributos, por la que se actualizan los anexos V, VI y VII de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece la utilización de efectos timbrados para el pago de las tasas por servicios administrativos de compulsa de documentos y de verificación de suficiencia y documentos acreditativos de legitimación.

Las modificaciones afectan al anexo V de la Orden de 30 de junio de 1992, antes citada, y las normas que las motivan son las que se citan a continuación:

- Decreto 1/2012, de 3 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, al disminuir e integrarse varios departamentos, lo que afecta, por tanto, a los códigos y servicios correspondientes.

- Decreto 12/2012, de 4 de enero, por el que se establecen los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, de la que dependerá funcionalmente la Secretaría General para el Turismo y, orgánicamente, de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

- Decreto 13/2012, de 4 de enero, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia. Los cambios a tener en consideración son la integración orgánica, en la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza. Igualmente, se estructuran los órganos superiores de las consellerías que resultan modificadas. La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria estructura los órganos de la anterior Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, y los correspondientes a la de Cultura y Turismo. Por otro lado, la Consellería del Medio Rural y del Mar se estructurará con los órganos de la anterior Consellería del Medio Rural y los correspondientes de la Consellería del Mar.

- Decreto 44/2012, de 19 de enero , por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en la que se integra la Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

- Decreto 45/2012, de 19 de enero , por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que recoge la integración orgánica de las anteriores consellerías de Educación y Ordenación Universitaria, por un lado, y de Cultura y Turismo, por otro, reuniendo, asimismo, competencias de ambas.

- Decreto 46/2012, de 19 de enero , por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Mar y del Fondo Gallego de Garantía Agraria, con la integración orgánica de las anteriores consellerías del Medio Rural y del Mar, asumiendo las competencias de ambas.

Por todo eso, y en virtud del párrafo segundo de la disposición adicional de la Orden de 30 de junio de 1992 referida,

RESUELVO:

Primero. Actualizar las tablas de los códigos de consellerías y servicios recogidas en el anexo V de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, en la forma que se especifica a continuación:

Imagen omitida.

Segundo. Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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