En defensa del Supremo; por Fernando de Rosa Torner, Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial

 13/02/2012
 Compartir: 

El día 11 de febrero de 2012, se ha publicado en el Diario La Razón, un artículo de Fernando de Rosa Torner, en el que el autor defiende la actuación de los miembros del Tribunal Supremo en la Sentencia que ha condenado a Baltasar Garzón. Transcribimos íntegramente el texto del artículo.

EN DEFENSA DEL SUPREMO

Cuando hace apenas veinticuatro horas que hemos conocido la sentencia que condena a Baltasar Garzón por un delito de prevaricación, ya han aparecido las primeras voces de personas e instituciones contrarias a la decisión del Tribunal Supremo, que no contentas con limitarse a expresar su disconformidad con la misma se dedican, algunas de ellas, a lanzar intolerables acusaciones e incluso ataques personales contra la alta institución judicial y sus miembros.

Más allá del legítimo derecho a discrepar y a criticar cualquier resolución judicial, estamos asistiendo a un espectáculo ciertamente inaudito, en el que algunas personas no han vacilado en insultar a los miembros del Tribunal Supremo que han enjuiciado al Sr. Garzón, ignorando que este ciudadano, como cualquier otro, ha podido disfrutar de un proceso público transparente y con todas las garantías, y en el que sólo tras examinar con rigor y ecuanimidad las pruebas practicadas se ha adoptado una decisión unánime, con absoluta independencia y con pleno sometimiento a la ley y al derecho.

Créanme, al Tribunal Supremo sólo llegan los mejores juristas, aquellos que acreditan sobrados méritos y una intachable trayectoria profesional, tras años de abnegado ejercicio de la profesión. Si algo caracteriza a sus miembros es la exquisita y absoluta independencia con que adoptan sus decisiones, porque sin independencia un juez no es nada.

Atacar al Tribunal Supremo con semejantes descalificaciones es tanto como atacar a todos los españoles, que libre y voluntariamente decidimos vivir en un Estado de derecho cuando aprobamos la Constitución española de 1978. Intentar distorsionar la realidad para poner bajo sospecha la independencia de sus jueces causa un irreparable daño a la necesaria confianza de los ciudadanos en la justicia.

Se equivocan quienes con esta actitud tratan de empañar una actuación ejemplar, recta e imparcial de unos jueces profesionales e independientes. El Tribunal Supremo afirma en su sentencia que no todo vale para encontrar la verdad y que el fin no justifica los medios, y por ello creo que este proceso demuestra que nadie está por encima de la ley y que todos debemos someternos a las reglas del juego democrático.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  2. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  10. Legislación: Carácter oficial de determinados títulos de Máster

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana