Trienios
SANTANDER, 10 (EUROPA PRESS)
El TSJC declara firme el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santander, que sentenciaba que las recurrentes tienen el mismo derecho que los demás empleados públicos de carrera a cobrar por concepto de antigüedad los trienios devengados como personal interino, y obligaba a la Administración a abonarles la cantidad de 4.895 y 937 euros, respectivamente.
El TSJC estima la causa de inadmisibilidad del recurso de apelación planteada por las demandantes, al ser la cuantía del recurso inferior a 18.000 euros, sin entrar en los motivos de fondo que justifican su interposición.
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