El Gobierno aprueba el decreto que regula las entidades colaboradoras de certificación para reducir los tiempos de tramitación de licencias y autorizaciones

 03/10/2025
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El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el régimen de las entidades colaboradoras de certificación y su registro, como mecanismo previsto en la Ley de Cantabria de Simplificación Administración con el fin de agilizar la presentación de documentos en determinados procedimientos ante las administraciones públicas, tanto autonómica como local, lo que reducirá significativamente los tiempos de tramitación de licencias y autorizaciones.

Cantabria.es 02.10.25

El nuevo reglamento autonómico, que desarrolla uno de los mecanismos previstos por la Ley de Cantabria 2/2025 de Simplificación de Administrativa, establece los requisitos generales que se exigirán a estas entidades que realizarán funciones de comprobación, informe y certificación de documentos antes de su presentación ante la administración pública en los ámbitos en los que haya de aplicarse la declaración responsable, comunicación administrativa o aquellos otros que se establezcan normativamente. También regula el Registro de entidades colaboradoras de certificación.

Estas entidades serán las encargadas de acreditar la suficiencia e idoneidad de la documentación que se presente ante las administraciones públicas, lo que reducirá de forma importante los tiempos y trámites que deben hacer ciudadanos y empresas a la hora de solicitar una autorización o licencia.

En concreto, el decreto será aplicable tanto a la administración pública local como autonómica y en aquellos procedimientos que determinen los distintos órganos competentes en cada ámbito sectorial. Estos deberán tener actualizados los protocolos de verificación, en los que se detallarán los requisitos técnicos que deben ser objeto de comprobación para considerar la suficiencia e idoneidad de la documentación presentada por las personas interesadas.

Se consideran entidades colaboradoras de certificación aquellas acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación mediante el sistema previsto en la norma UNEEN ISO/IEC 17020.

También podrán acreditarse los colegios profesionales y personas jurídicas si cumplen una serie de requisitos: contar con un equipo de al menos dos profesionales habilitados, una póliza de cobertura de riesgos de responsabilidad profesional o disponer de un protocolo interno para garantizar la custodia de documentación, la confidencialidad de los datos y la imparcialidad e independencia de las actuaciones, entre otros.

El decreto autonómico recoge en detalle el procedimiento de acreditación de estas entidades, junto al contenido y vigencia de la resolución de acreditación.

Respecto al Registro general de entidades colaboradoras de certificación, este será de carácter público y accesible a través de la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno de Cantabria. En el mismo se inscribirán los procedimientos administrativos en los que podrá emplearse la certificación y la relación de entidades colaboradoras.

Por último, el reglamento regula las causas por las que se puede perder la acreditación como entidad colaboradora de certificación en los casos de los colegios profesionales y personas jurídicas acreditadas ante la comunidad autónoma de Cantabria, así como el desarrollo de los planes inspectores para comprobar el cumplimiento de las obligaciones y el correspondiente régimen sancionador.

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