Prueba de acceso a la universidad

 06/11/2026
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Orden 153/2026, de 27 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 198/2024, de 26 de noviembre, por la que se regula el desarrollo de la prueba de acceso a la universidad en Castilla-La Mancha (DOCM de 5 de noviembre de 2026). Texto completo.

ORDEN 153/2026, DE 27 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 198/2024, DE 26 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL DESARROLLO DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN CASTILLA-LA MANCHA.

Con fecha 12 de junio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio , por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. En desarrollo de lo anterior, el 2 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden 198/2024, de 26 de noviembre , de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el desarrollo de la prueba de acceso a la universidad en Castilla-La Mancha.

Recientemente, el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio , ha sido modificado por el Real Decreto 535/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , de Educación, así como el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril , por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, y el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio , por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.

Dicha modificación establece que la nota media en las enseñanzas correspondientes de quienes estén en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior, que será tenida en cuenta como calificación de acceso a la universidad, deberá ser calculada conforme a lo establecido en los respectivos reales decretos de ordenación de estas enseñanzas. Asimismo, establece la calificación de acceso a la universidad de quienes hayan obtenido la homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios con los títulos mencionados.

Es necesario, por lo tanto, modificar la Orden 198/2024, de 26 de noviembre , de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes teniendo en cuenta los cambios introducidos en el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio .

Con la aprobación de esta norma se da cumplimiento a los principios de buena regulación normativa previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios de necesidad y eficacia justifican la necesidad de adecuar la normativa; se da cumplimiento igualmente al principio de proporcionalidad, ya que contiene las disposiciones imprescindibles para regular la actividad objeto de cobertura, no habiendo otra alternativa regulatoria menos restrictiva que la orden de la Consejería; se da cumplimiento al principio de seguridad jurídica, ya que la norma propuesta guarda la necesaria coherencia con el resto del ordenamiento jurídico; se da cumplimiento al principio de transparencia, al definir claramente sus objetivos y quedar garantizada su publicidad mediante su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y al principio de eficiencia, al no imponer nuevas cargas administrativas ni generar costes innecesarios para las personas destinatarias de la medida. En la tramitación de esta orden se ha recabado el Dictamen del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.

Por lo expuesto, en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 108/2023, de 25 de julio , por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en el ejercicio de la potestad atribuida por el artículo 23.2.c de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha,

Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 198/2024, de 26 de noviembre , de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el desarrollo de la prueba de acceso a la universidad en Castilla-La Mancha.

La Orden 198/2024, de 26 de noviembre , de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el desarrollo de la prueba de acceso a la universidad en Castilla-La Mancha queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El apartado 5 del artículo 4 queda redactado en los siguientes términos:

“5. En el caso de quienes estén en posesión de un título de Técnico o Técnica Superior de Formación Profesional, de Técnico o Técnica Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico o Técnica Deportivo Superior, se tendrá en cuenta como calificación de acceso la nota media obtenida en las enseñanzas correspondientes, calculada conforme a lo establecido en los respectivos reales decretos de ordenación de estas. Al alumnado que careciese de nota media por haber obtenido la homologación o declaración de equivalencia a efectos académicos de otros estudios con los títulos mencionados se le asignará una nota de 5 puntos como calificación de acceso.”

Dos. El apartado 2 del artículo 17 queda redactado en los siguientes términos:

“2. La determinación de dichas medidas se realizará, en su caso, en función de las medidas de apoyo educativo o de las adaptaciones que se aplicaron al alumno o alumna en la etapa educativa anterior. Para ello, los servicios de orientación facilitarán los informes y las pautas de actuación que se requieran.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor a los 20 días de su entera publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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