ORDEN ARP/198/2026, DE 5 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN ACC/153/2024, DE 4 DE JULIO, POR LA QUE SE CREAN LOS PREMIOS MEJORES ACEITES DE OLIVA VIRGEN EXTRA DE CATALUÑA Y SE APRUEBAN SUS BASES REGULADORAS, MODIFICADA POR LA ORDEN ARP/68/2025, DE 5 DE MAYO
El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (en adelante, DARPA), mediante la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía, es competente en materia de promoción de la cultura del aceite.
Los Premios Nacionales Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra de Cataluña tienen el objetivo de fomentar la promoción, la comercialización y el consumo de los aceites de oliva virgen extra de calidad superior de Cataluña en el mercado alimentario y en la restauración. Mediante estos premios, el DARPA desea reconocer las cualidades de los aceites de oliva virgen extra elaborados con el máximo esmero en nuestro país, y seleccionará los mejores aceites que destaquen por sus características sensoriales como manifestación de sus elevados atributos.
Mediante la Orden ACC/153/2024, de 4 de julio, se crearon los Premios Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra de Cataluña y se aprobaron sus bases reguladoras.
Mediante la Orden ARP/68/2025, de 5 de mayo, se modificó la orden ACC/153/2024, de 4 de julio.
A raíz de la revisión del texto de la última Orden publicada, se modifican algunos puntos con el fin de mejorar la consecución de los objetivos que se proponían en la primera Orden mencionada.
Por consiguiente, valorada la conveniencia de apoyar a este sector del aceite mediante un premio, de acuerdo con el artículo 92 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , a propuesta de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Ordeno:
Artículo único
Modificar los siguientes artículos de la Orden ACC/153/2024, de 4 de julio (DOGC núm. 9200, de 9.7.2024), modificada por la Orden ARP/68/2025, de 5 de mayo (DOGC núm. 9410, de 12.5.2025):
1. Se modifica el artículo 1, que queda redactado del siguiente modo:
“1. Crear los Premios Nacionales Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra de Cataluña con el objetivo de reconocer los mejores aceites de oliva virgen extra de Cataluña y la mejor iniciativa de oleoturismo, hacer público este reconocimiento y fomentar la promoción de los aceites de oliva virgen extra catalanes.”
2. Se añade un artículo 5, que queda redactado del siguiente modo:
“Artículo 5.
Se consideran variedades tradicionales catalanas de olivo las que se exponen en el anexo 3.”
3. Se modifica el apartado 3 del anexo 1, que queda redactado del siguiente modo:
“3. Categorías de los Premios Nacionales Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra de Cataluña.
Aceites de oliva virgen extra de grandes productores (lotes de más de 3.000 litros):
- Afrutado verde intenso: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
- Afrutado verde medio: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
- Afrutado verde ligero: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
- Afrutado maduro: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
Aceites de oliva virgen extra de pequeños productores (lotes de más de 500 y hasta 3.000 litros):
- Afrutado verde intenso: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
- Afrutado verde medio: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
- Afrutado verde ligero: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
- Afrutado maduro: se seleccionarán los 3 mejores aceites.
Aceites de oliva virgen extra de producciones limitadas (lotes de entre 300 y 500 litros): se seleccionarán los 3 mejores aceites. Los aceites incluidos en esta categoría no podrán optar a ser seleccionados como mejores aceites de otras categorías.
Aceites de producción ecológica: se seleccionarán los 3 mejores aceites de producción ecológica (deberán estar certificados por el CCPAE).
Aceites de oliva virgen extra varietales (aceites obtenidos de una sola variedad de olivo, también denominados monovarietales):
Aceites de oliva virgen extra varietales de variedades tradicionales catalanas de olivo: se seleccionarán los 3 mejores aceites varietales de diferentes variedades tradicionales catalanas de olivo.
Aceites de oliva virgen extra varietales del resto de variedades (variedades que no están incluidas en el anexo 3): se seleccionarán los 3 mejores aceites varietales del resto de variedades.
Mejor maridaje, combinación culinaria y versatilidad gastronómica. Entre los 3 mejores aceites de oliva virgen extra de las categorías afrutado verde intenso, afrutado verde medio, afrutado verde ligero y afrutado maduro se premiarán los 3 aceites que tengan mejores opciones de maridaje con diferentes alimentos.
Mejor embalaje (packaging). Se seleccionarán los 3 aceites de oliva virgen extra presentados en un embalaje más innovador y atractivo.
Mejores aceites de oliva virgen extra de grandes productores, que serán los 3 aceites que obtengan la puntuación más alta de entre todos los aceites presentados correspondientes a esta categoría.
Mejores aceites de oliva virgen extra de pequeños productores, que serán los 3 aceites que obtengan la puntuación más alta de entre todos los aceites presentados correspondientes a esta categoría.
Mejor iniciativa de oleoturismo. Entre todos los aceites presentados y que, además, cuenten con experiencias oleoturísticas, se reconocerá la mejor iniciativa vinculada al oleoturismo que contribuya a la valorización de los aceites de oliva virgen extra de Cataluña, a la diversificación de la actividad económica del sector oleícola y a la promoción del territorio.”
4. Se modifica el tercer párrafo del apartado 4 del anexo 1, que queda redactado del siguiente modo:
“Las personas participantes, en el momento de hacer la solicitud, realizarán el pago del precio público que se establezca en la convocatoria de los premios por cada aceite que quieran presentar a los premios. La prestación del servicio gravado con la aplicación del precio público es una valoración organoléptica realizada bajo el concepto “Cata de información”, y cubre el servicio de toma de muestras y la cata del jurado para la valoración de la candidatura presentada.”
5. Se añade un párrafo final al apartado 4 del anexo 1, que queda redactado del siguiente modo:
En el caso de las solicitudes que, adicionalmente, quieran optar al reconocimiento a la mejor experiencia oleoturística, deberán presentar una memoria con la descripción de la actividad de oleoturismo, los objetivos y público destinatario, la vinculación con el aceite de oliva virgen extra, el impacto territorial y económico y los elementos de innovación y sostenibilidad.
En ningún caso podrá presentarse únicamente a la categoría de mejor iniciativa en oleoturismo.”
6. Se añade un párrafo final al apartado 8 del anexo 1, “Jurado”, que queda redactado del siguiente modo:
“El jurado de los premios a la mejor iniciativa en oleoturismo estará formado por uno/a representante de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía y uno/a representante de la Agencia de Turismo de Cataluña.”
7. Se añade un párrafo final al apartado 9 del anexo 1, “Criterios y valoración de los premios”, que queda redactado del siguiente modo:
“El jurado, con respecto a los premios a la mejor iniciativa de oleoturismo, valorará los siguientes aspectos:
a) Originalidad de la propuesta de experiencia oleoturística.
b) Vinculación con el territorio.
c) Sostenibilidad ambiental, económica y social de la iniciativa.
d) Impacto en la dinamización local.
e) Innovación en el diseño de la experiencia o en su comercialización.”
8. Se añade un anexo 3, que queda redactado del siguiente modo:
“Anexo 3. Variedades tradicionales catalanas de olivo (Olea europea L.)
Omitido.
Disposición final
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).