ORDEN FORAL 397E/2026, DE 18 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE CREA EL ÁREA CLÍNICA DE ANATOMÍA PATOLÓGICA EN EL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA.
El Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre , por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en su artículo 18.5 configura las áreas clínicas como unas unidades orgánicas, sin personalidad jurídica, dependientes de la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente del Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea, de carácter multidisciplinar y multiestamental. Determina que se organizan bajo la dependencia de la Gerencia del Servicio Navarro de Salud Osasunbidea y se constituirán adscribiendo los servicios médicos y quirúrgicos de los centros hospitalarios que correspondan, sin perjuicio de la dependencia orgánica de éstos.
En la evolución de su modelo organizativo asistencial el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea tenderá a constituir áreas clínicas multidisciplinares adecuadas a los distintos procesos que desarrolla y los distintos perfiles de pacientes que atiende.
Así, la experiencia obtenida en las áreas clínicas existentes hasta el momento, junto con la concurrencia de los criterios que marcan la conveniencia de constituir un área clínica, definidos en el artículo 123 del decreto foral referido, aconsejan la creación e impulso del Área de Anatomía Patológica. En concreto, se ha instalado un sistema de gestión de laboratorio común para toda la Comunidad Foral de Navarra, se han constituido formalmente grupos de trabajo que atienden a las diferentes especialidades patológicas sin diferenciar por el lugar de origen de las muestras, lo que potencia la unificación del servicio y especialización de los profesionales y, se ha incorporado a los TEAP al tallado de muestras. Así, se han ido articulando acciones orientadas a prestar una atención integral centrada en un perfil de paciente, a través de un modelo de organización funcional que sea único para toda la región sanitaria y de carácter general multidisciplinar y multiestamental, lo que ha marcado la posibilidad y conveniencia de constituir el Área Clínica.
En su virtud, y en uso de las facultades que tengo conferidas, de conformidad con el artículo 123.1 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,
ORDENO:
1.º Crear, conforme al artículo 123.1 del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el Área Clínica de Anatomía Patológica.
2.º Esta área clínica no sustituye a los servicios y secciones asistenciales que afecten a las especialidades incluidas en su ámbito asistencial.
3.º Se designa para realizar las funciones de Dirección del Área Clínica de Anatomía Patológica a doña Alicia Córdoba Iturriagagoitia, correspondiéndole las funciones previstas en el artículo 125. 2 del 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
4.º El Comité de Dirección del Área Clínica de Anatomía Patológica estará compuesto por:
-El director o directora de Asistencia Sanitaria al Paciente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, quien actuará como presidente/a y tendrá voto de calidad.
-El director o directora del Área Clínica de Anatomía Patológica, quien ejercerá labores de secretaría.
-El director o directora gerente del Hospital Universitario de Navarra, o persona en quien delegue.
-El director o directora gerente del Área de Salud de Tudela, o persona en quien delegue.
Además, podrán asistir, a petición de su presidente o presidenta, otros u otras profesionales en su condición de expertos y expertas en la materia objeto de tratamiento.
5.º El Comité Ejecutivo del Área Clínica de Anatomía Patológica estará compuesto por:
-El director o directora del Área Clínica de Anatomía Patológica, quien actuará como presidente o presidenta.
-El jefe o jefa de la Sección de Citología del Hospital Universitario de Navarra.
-El jefe o jefa de la Sección A del Hospital Universitario de Navarra.
-El jefe o jefa de la Sección B del Hospital Universitario de Navarra.
-La persona profesional que designe la unidad de enfermería del servicio de Laboratorio del Hospital Reina Sofía.
-La persona profesional o jefe o jefa de Laboratorio de análisis y rehabilitación del Hospital García Orcoyen que designe la gerencia de dicho centro.
-La persona profesional que designe la unidad de enfermería del Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Universitario de Navarra.
Además, podrán asistir, a petición de su presidente o presidenta, otros u otras profesionales en su condición de expertos y expertas en la materia objeto de tratamiento.
6.º Quedan adscritas funcionalmente al Área Clínica de Anatomía Patológica las siguientes unidades orgánicas:
Del Hospital Universitario de Navarra: el Servicio de Anatomía Patológica y las secciones dependientes del mismo, así como la Unidad de Enfermería de dicho servicio.
Del Hospital Reina Sofía: la Sección de Laboratorio.
7.º El Área Clínica de Anatomía Patológica formalizará anualmente con la Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a la que está adscrita funcionalmente, un Contrato Programa específico en el que se concretarán los compromisos de actividad, calidad y coste de los servicios que presta.
8.º Trasladar esta orden foral a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud, a doña Alicia Córdoba Iturriagagoitia, a la Gerencia, a la Dirección de Profesionales y a la Dirección de Asistencia al Paciente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a las gerencias del Hospital Universitario de Navarra, del Área de Salud de Tudela y del Área de Salud de Estella.