DECRETO 16/2026, DE 14 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 25/2024, DE 23 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DE LA GERENCIA DEL SERVICIO RIOJANO DE SALUD
Texto consolidado
Decreto 16/2026, de 14 de julio, por el que se modifica el Decreto 25/2024, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y funciones de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, regula en su artículo 8 las competencias exclusivas que corresponden a la Comunidad Autónoma y, en su apartado 1 atribuye a la Comunidad Autónoma de La Rioja, la competencia exclusiva para 'La organización, estructura, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno'.
Por su parte, el artículo 8.3 de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece que 'La creación, modificación y supresión de los órganos y unidades administrativas y los asimilados a los mismos se realizará mediante Decreto de Gobierno a iniciativa del Consejero interesado y a propuesta del Consejero competente en materia de Administraciones Públicas'.
La Disposición adicional primera del Decreto 155/2023, de 21 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Políticas Sociales y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, adscribe el Organismo Autónomo 'Servicio Riojano de Salud' a la Consejería de Salud y Políticas Sociales.
El 25 de julio de 2024 se publica en el Boletín Oficial de La Rioja el Decreto 25/2024, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y funciones de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud modificado por el Decreto 14/2025 de 25 de febrero y por el Decreto 42/2025, de 29 de octubre.
En la actualidad es necesaria una reorganización de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud que se adapte a las nuevas necesidades de la Dirección.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Salud y Políticas Sociales del Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de julio de 2026, acuerda aprobar el siguiente,
DECRETO
Artículo único. Modificación del apartado 1 del artículo 3 del Decreto 25/2024, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y funciones de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud.
Se modifica el apartado 1 del artículo 3, que queda con la siguiente redacción:
'1. La Dirección de Recursos Humanos es el órgano directivo no sanitario compuesto de las siguientes unidades administrativas:
1. Servicio de Ordenación, Normativa y Asistencia Jurídica.
1.1.1. Sección de Ordenación Normativa y Recursos.
2. Servicio de Recursos Humanos.
2.1. Área de Selección y Gestión.
2.1.1 Sección de Selección y Registro.
2.2 Área de Provisión, Movilidad y Negociación Colectiva.
2.2.1. Sección de Provisión y Mesa Sectorial del Servicio Riojano de Salud.
3. Servicio de Formación del Personal del Sistema Sanitario.
3.1.1. Sección de Acreditación de Carrera y Desarrollo Profesional.
4. Servicio de Plantilla, Relación de Puestos de Trabajo y Costes de Personal.
4.1. Área Técnica de Recursos Humanos.'
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.