REAL DECRETO 534/2026, DE 30 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS REALES DECRETOS POR LOS QUE SE ESTABLECEN LOS TÍTULOS DE TÉCNICO DEPORTIVO REGULADOS EN LA LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN.
El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre , por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina que las enseñanzas deportivas se organizan en ciclos que, a su vez, se estructuran en módulos agrupados en bloque común y bloque específico. Los módulos de enseñanza deportiva que conforman el bloque común están constituidos por la formación asociada a las competencias profesionales que, en el caso de los títulos de Técnico Deportivo, soportan los procesos de “iniciación deportiva” y “tecnificación deportiva”, independientemente de la modalidad o especialidad deportiva, así como de aquellos objetivos propios de las enseñanzas deportivas.
Conforme a lo previsto en el citado real decreto, las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común correspondiente al ciclo de grado medio de los títulos de Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , de Educación, aparecen desarrolladas, por primera vez, en el Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. Dichos módulos se han venido replicando de manera coincidente en todas las normas que han establecido los diferentes títulos de Técnico Deportivo.
Transcurrida más de una década desde la primera publicación de los módulos comunes de enseñanza deportiva, resulta necesario actualizar los referidos módulos para adecuarlos, por un lado, a las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio , de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en relación con las figuras del entrenador y entrenadora como agentes de prevención, y por otro, a las novedades en la regulación del sistema deportivo previstas en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre , del Deporte, sin que ello constituya un desarrollo de la misma. Asimismo, la evolución conceptual, procedimental y tecnológica del deporte, los cambios en el alto rendimiento deportivo y en las funciones de los entrenadores y las entrenadoras, así como los avances en deporte femenino y en deporte para personas con discapacidad exigen la actualización de las enseñanzas mínimas y de la denominación de algunas especializaciones de los títulos de Técnico Deportivo.
Por ello, procede modificar los reales decretos que establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , adecuando la denominación, los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos básicos de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común, así como la denominación de las especializaciones, al ordenamiento jurídico, a las exigencias de la sociedad actual y a las recomendaciones contenidas en el Libro blanco del deporte para personas con discapacidad en España.
Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En primer lugar, se ajusta al principio de necesidad, ya que se trata de una norma que persigue el interés general al incorporar los últimos avances en materia de deporte, entrenamiento, igualdad de género y acceso a la práctica deportiva de las personas con discapacidad en la formación de los futuros técnicos deportivos. Asimismo, la modificación simultánea de varios reales decretos, que establecen títulos de Técnico Deportivo responde al principio de eficacia, ya que permite garantizar una aplicación efectiva, homogénea y coordinada en todo el territorio nacional, sin que exista otro instrumento más idóneo para lograr estos fines. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la regulación que esta norma contiene es la imprescindible para garantizar su finalidad, ya que actualiza los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos básicos de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común de los ciclos conducentes a los títulos de Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , respetando los perfiles profesionales y objetivos generales actualmente en vigor. Asimismo, conforme a los principios de seguridad jurídica y eficiencia, resulta coherente con el ordenamiento jurídico al adecuar la normativa que regula los títulos mencionados a las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio , y la Ley 39/2022, de 30 de diciembre , y no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias a los ciudadanos. Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y, durante el procedimiento de elaboración de la norma, se ha permitido la participación activa de sus potenciales destinatarios y destinatarias a través de los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública. Además, y tal como prevé el artículo 129.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se ha posibilitado el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y a los documentos propios del proceso de elaboración de la norma.
Este real decreto utiliza un lenguaje inclusivo de acuerdo con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, respetando también la técnica normativa que desaconseja modificar sólo disposiciones puntuales de una norma más amplia por razones de coherencia interna. Ello no obsta a que, en su momento, se emprenda una completa revisión del lenguaje inclusivo en el conjunto de las normas ahora modificadas.
El presente real decreto se dicta al amparo del mismo título competencial que los reales decretos a los que modifica, esto es, el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución Española, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, procede en este caso establecer la extensión del carácter básico a una norma reglamentaria, ya que, conforme a la excepcionalidad admitida por dicho tribunal, entre otras, en las STC 25/1983 , de 7 de abril, 32/1983 , de 28 de abril, y 48/1988 , de 22 de marzo, “resulta complemento indispensable en determinados supuestos para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas.”
Asimismo, la norma responde a las habilitaciones legales contenidas en el artículo 64 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, que facultan al Gobierno para establecer las titulaciones correspondientes a los estudios de enseñanzas deportivas, los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas y los requisitos mínimos de los centros en los que podrán impartirse las enseñanzas respectivas.
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación y han emitido informe el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2026,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra d) del artículo 4.1 queda redactado del siguiente modo:
“d) Espeleología de personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 14.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 14.3 queda redactada en los siguientes términos:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos II, VII A, X, XII y XVI, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Cinco. En los anexos II, VII B, X, XII y XVI, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Seis. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción por itinerarios de iniciación en espeleología. Código: MED-EPEP102” pasa a integrar el “ANEXO III.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción por itinerarios de iniciación en espeleología. Código: MED-EPEP102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Materiales e instalaciones de espeleología. Código: MED-EPEP103” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Materiales e instalaciones de espeleología. Código: MED-EPEP103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la enseñanza de la espeleología. Código: MED-EPEP104” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la enseñanza de la espeleología. Código: MED-EPEP104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades y eventos. Código: MED-EPEP105” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades y eventos. Código: MED-EPEP105”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-EPEP106” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-EPEP106”.
Siete. Se modifica el anexo IV de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO IV.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO IV.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO IV.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO IV.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO IV.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO IV.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de espeleología. Código: MED-EPEP202” pasa a integrar el “ANEXO IV.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de espeleología. Código: MED-EPEP202”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico de espeleología Código: MED-EPEP203” pasa a integrar el “ANEXO IV.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico de espeleología. Código: MED-EPEP203”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del espeleólogo. Código: MED-EPEP204” pasa a integrar el “ANEXO IV.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del espeleólogo. Código: MED-EPEP204”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Diseño de itinerarios y organización de eventos de tecnificación. Código: MED-EPEP205” pasa a integrar el “ANEXO IV.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Diseño de itinerarios y organización de eventos de tecnificación. Código: MED-EPEP205”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción y guiado por cavidades con curso hídrico activo. Código: MED-EPEP206” pasa a integrar el “ANEXO IV.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción y guiado por cavidades con curso hídrico activo. Código: MED-EPEP206”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-EPEP207” pasa a integrar el “ANEXO IV.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-EPEP207”.
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra a) del artículo 14.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 14.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. En los anexos I, VI A, VIII, X, XI A y XIV, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cuatro. En los anexos I, V, VI B, VIII, X y XIV, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, VI B, VIII, X y XIV, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Seis. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entorno natural del buceo deportivo. Código: MED-ASBD102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Entorno natural del buceo deportivo. Código: MED-ASBD102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo. Código: MED-ASBD103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo. Código: MED-ASBD103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción subacuática. Código: MED-ASBD104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción subacuática. Código: MED-ASBD104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ASB105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ASBD105”.
Siete. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de buceo deportivo. Código: MED-ASBD201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de buceo deportivo. Código: MED-ASBD201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Programación de la formación de buceo deportivo. Código: MED-ASBD202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Programación de la formación en el buceo deportivo. Código: MED-ASBD202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Instrucción en el nivel básico del buceo deportivo. Código: MED-ASBD203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Instrucción en el nivel básico del buceo deportivo. Código: MED-ASBD203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Instrucción en el nivel avanzado de buceo deportivo. Código: MED-ASBD204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Instrucción en el nivel avanzado de buceo deportivo. Código: MED-ASBD204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en los cursos de buceo deportivo. Nivel: ciclo final de enseñanza deportiva. Código: MED-ASBD205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en los cursos de buceo deportivo. Código: MED-ASBD205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del buceador deportivo. Código: MED-ASBD206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del buceador deportivo. Código: MED-ASBD206”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ASBD207” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ASBD207”.
Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra c) del artículo 5.1 queda redactada del siguiente modo:
“c) Entrenamiento ecuestre de personas con discapacidad.”
Dos. La letra c) del artículo 5.2 queda redactada del siguiente modo:
“c) Actividades hípicas para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 18.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. La letra a) del artículo 18.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cinco. En los anexos I, VII A, X, XII y XVII, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VII B, VII C, X, XII y XVII, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Siete. En los anexos I, X, XII y XVII, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Ocho. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d. Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. Código: MED-HIHI102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. Código: MED-HIHI102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Hipología. Código: MED-HIHI103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Hipología. Código: MED-HIHI103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la enseñanza de la hípica. Código: MED-HIHI104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la enseñanza de la hípica. Código: MED-HIHI104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Acompañamiento por itinerarios a caballo. Código: MED-HIHI105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Acompañamiento por itinerarios a caballo. Código: MED-HIHI105”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Eventos hípicos. Código: MED-HIHI106” pasa a integrar el “ANEXO II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Eventos hípicos. Código: MED-HIHI106”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HIHI107” pasa a integrar el “ANEXO II.k Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HIHI107”.
Nueve. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza y tecnificación hípica. Código: MED-HIHI202” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza y tecnificación hípica. Código: MED-HIHI202”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. Código: MED-HIHI203” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. Código: MED-HIHI203”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete. Código: MED-HIHI204” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete. Código: MED-HIHI204”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Para-ecuestre. Código: MED-HIHI205” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Para-ecuestre. Código: MED-HIHI205”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos hípicos. Código: MED-HIHI206” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos hípicos. Código: MED-HIHI206”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en salto. Código: MED-HISD207” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en salto. Código: MED-HISD207”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en doma. Código: MED-HISD208” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en doma. Código: MED-HISD208”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en concurso completo. Código: MED-HISD209” pasa a integrar el “ANEXO III.n Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en concurso completo. Código: MED-HISD209”.
o) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HISD210” pasa a integrar el “ANEXO III.ñ Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HISD210”.
Diez. Se modifica el anexo IV de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO IV.a Objetivos generales”.
b) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los módulos citados a continuación, tanto comunes como específicos, se comparten entre el ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo, y el ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre y están desarrollados, en su totalidad, dentro del anexo III:”
c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: BASES DEL APRENDIZAJE DEPORTIVO. Código: MED-C201.” pasa a integrar el “ANEXO IV.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201 está desarrollado en el anexo III.b.”.
d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: BASES DEL ENTRENAMIENTO DEPORTIVO. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO IV.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202 está desarrollado en el anexo III.c.”.
e) Se suprime el siguiente párrafo:
“Módulo común de enseñanza deportiva: DEPORTE ADAPTADO Y DISCAPACIDAD. Código: MED-C203”
f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: ORGANIZACIÓN Y LEGISLACIÓN DEPORTIVA. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO IV.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204 está desarrollado en el anexo III.d.”.
g) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: GÉNERO Y DEPORTE. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO IV.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205 está desarrollado en el anexo III.e.”.
h) Se añade un “ANEXO IV.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206 está desarrollado en el anexo III.f.”.
i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza y tecnificación hípica. Código: MED-HIHI202” pasa a integrar el “ANEXO IV.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza y tecnificación hípica. Código: MED-HIHI202” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza y tecnificación hípica. Código: MED-HIHI202 está desarrollado en el anexo III.g.”.
j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. Código: MED-HIHI203” pasa a integrar el “ANEXO IV.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. Código: MED-HIHI203” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. Código: MED-HIHI203 está desarrollado en el anexo III.h.”.
k) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete. Código: MED-HIHI204” pasa a integrar el “ANEXO IV.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete. Código: MED-HIHI204” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del jinete. Código: MED-HIHI204 está desarrollado en el anexo III.i.”.
l) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Para-ecuestre. Código: MED-HIHI205” pasa a integrar el “ANEXO IV.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Para-ecuestre. Código: MED-HIHI205” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Para-ecuestre. Código: MED-HIHI205 está desarrollado en el anexo III.j.”.
m) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos hípicos. Código: MED-HIHI206” pasa a integrar el “ANEXO IV.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos hípicos. Código: MED-HIHI206” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos hípicos. Código: MED-HIHI206 está desarrollado en el anexo III.k.”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en raid. Código: MED-HITE211” pasa a integrar el “ANEXO IV.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en raid. Código: MED-HITE211”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en trec. Código: MED-HITE212” pasa a integrar el “ANEXO IV.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en trec. Código: MED-HITE212”.
o) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de itinerarios ecuestres. Código: MED-HITE213” pasa a integrar el “ANEXO IV.n Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de itinerarios ecuestres. Código: MED-HITE213”.
p) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Medio natural. Código: MED-HITE214” pasa a integrar el “ANEXO IV.ñ Módulo específico de enseñanza deportiva: Medio natural. Código: MED-HITE214”.
q) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HITE215” pasa a integrar el “ANEXO IV.o Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-HITE215”.
Artículo cuarto. Modificación del Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El artículo 5.1 queda redactado del siguiente modo:
“1. El título de Técnico Deportivo en Vela con aparejo fijo tendrá como única especialización, la de Vela con aparejo fijo de personas con discapacidad.”
Dos. La letra b) del artículo 5.2 queda redactada del siguiente modo:
“b) Vela con aparejo libre de personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 17.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. La letra a) del artículo 17.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cinco. En los anexos I, VII A, IX, XI y XVI, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VII B, VII C, IX, XI y XVI, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Siete. En los anexos I, IX, XI y XVI, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Ocho. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnica. Código: MED-VEVE102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación Técnica. Código: MED-VEVE102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de la navegación y conservación de los materiales. Código: MED-VEVE103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad de la navegación y conservación de los materiales. Código: MED-VEVE103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la vela e iniciación a la competición. Código: MED-VEVE104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la vela e iniciación a la competición. Código: MED-VEVE104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEVE105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEVE105”.
Nueve. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de vela. Código: MED-VEVE201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de vela. Código: MED-VEVE201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones y eventos a vela. Código: MED-VEVE202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones y eventos a vela. Código: MED-VEVE202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en la navegación a vela. Código: MED-VEVE203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en la navegación a vela. Código: MED-VEVE203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Vela adaptada. Código: MED-VEVE205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Vela adaptada. Código: MED-VEVE205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico-táctico de la vela con AF. Código: MED-VEAF206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico-táctico de la vela con aparejo fijo. Código: MED-VEAF206”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de AF. Código: MED-VEAF207” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de aparejo fijo. Código: MED-VEAF207”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEAF208” pasa a integrar el “ANEXO III.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEAF208”.
Diez. Se modifica el anexo IV de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO IV.a Objetivos generales”.
b) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los módulos citados a continuación, tanto comunes como específicos, se comparten entre el ciclo final de grado medio en vela con aparejo fijo y el ciclo final de grado medio en vela con aparejo libre, y están desarrollados, en su totalidad dentro del Anexo II:”
c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201.” pasa a integrar el “ANEXO IV.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201 está desarrollado en el anexo III.b.”.
d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO IV.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202 está desarrollado en el anexo III.c.”.
e) Se suprime el siguiente párrafo:
“Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”
f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO IV.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204 está desarrollado en el anexo III.d.”.
g) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO IV.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205 está desarrollado en el anexo III.e.”.
h) Se añade un “ANEXO IV.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206 está desarrollado en el anexo III.f.”.
i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de vela. Código: MED-VEVE201.” pasa a integrar el “ANEXO IV.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de vela. Código: MED-VEVE201” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de vela. Código: MED-VEVE201 está desarrollado en el anexo III.g.”.
j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones y eventos a vela. Código: MED-VEVE202.” pasa a integrar el “ANEXO IV.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones y eventos a vela. Código: MED-VEVE202” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Competiciones y eventos a vela. Código: MED-VEVE202 está desarrollado en el anexo III.h.”.
k) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en la navegación a vela. Código: MED-VEVE203.” pasa a integrar el “ANEXO IV.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en la navegación a vela. Código: MED-VEVE203” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en la navegación a vela. Código: MED-VEVE203 está desarrollado en el anexo III.i.”.
l) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE204.” pasa a integrar el “ANEXO IV.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE204” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del regatista. Código: MED-VEVE204 está desarrollado en el anexo III.j.”.
m) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Vela adaptada. Código: MED-VEVE205.” pasa a integrar el “ANEXO IV.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Vela adaptada. Código: MED-VEVE205.” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Vela adaptada. Código: MED-VEVE205 está desarrollado en el anexo III.k.”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico-táctico de la vela con AL. Código: MED-VEAL209” pasa a integrar el “ANEXO IV.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico-táctico de la vela con aparejo libre. Código: MED-VEAL209”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de AL. Código: MED-VEAL210” pasa a integrar el “ANEXO IV.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Puesta a punto del material de aparejo libre. Código: MED-VEAL210”.
o) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEAL211” pasa a integrar el “ANEXO IV.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-VEAL211”.
Artículo quinto. Modificación del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra b) del artículo 4.1 queda redactada del siguiente modo:
“b) Judo de personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 13.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 13.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos I, VI A, VII, IX y XIII, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, VI B, VII, IX y XIII, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VII, IX y XIII, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Siete. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e. Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del judo y la defensa personal. Código: MED-JUJU101” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del judo y la defensa personal. Código: MED-JUJU101”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades y eventos de judo y defensa personal. Código: MED-JUJU102” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades y eventos de judo y defensa personal. Código: MED-JUJU102”.
i) El actual “Módulo de específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-JUJU103” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-JUJU103”.
Ocho. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c. Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación y tecnificación en judo y defensa personal. Código: MED- JUJU 201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación y tecnificación en judo y defensa personal. Código: MED-JUJU201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Judo adaptado. Código: MED- JUJU 202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Judo adaptado. Código: MED-JUJU202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en judo y defensa personal. Código: MED- JUJU 203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en judo y defensa personal. Código: MED-JUJU203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión de las actividades de judo y defensa personal. Código: MED- JUJU 204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización y gestión de las actividades de judo y defensa personal. Código: MED-JUJU204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Defensa personal. Código: MED- JUJU 205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Defensa personal. Código: MED-JUJU205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-JUJU206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-JUJU206”.
Artículo sexto. Modificación del Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra b) del artículo 4.1 queda redactada del siguiente modo:
“b) Salvamento y socorrismo para personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 14.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 14.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos I, VI A, VIII, X y XIV, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, VI B, VIII, X y XIV, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VIII, X y XIV, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Siete. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Instalaciones acuáticas y materiales. Código: MED-SSSS102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Instalaciones acuáticas y materiales. Código: MED-SSSS102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología del salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de iniciación en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de iniciación en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad e intervención en instalaciones acuáticas. Código: MED-SSSS105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad e intervención en instalaciones acuáticas. Código: MED-SSSS105”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-SSSS106” pasa a integrar el “ANEXO II.j Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-SSSS106”.
Ocho. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del socorrista. Código: MED-SSSS202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del socorrista. Código: MED-SSSS-202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de tecnificación en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de tecnificación en salvamento y socorrismo. Código: MED-SSSS-204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Espacios acuáticos y materiales. Código: MED-SSSS205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Espacios acuáticos y materiales. Código: MED-SSSS-205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad e intervención en espacios acuáticos naturales. Código: MED-SSSS206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad e intervención en Espacios Acuáticos Naturales. Código: MED-SSSS-206”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-SSSS207” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-SSSS-207”.
Artículo séptimo. Modificación del Real Decreto 911/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 911/2012, de 8 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Esgrima y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra a) del artículo 4.1 queda redactada del siguiente modo:
“a) Esgrima de personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 13.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 13.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos I, VI A, VIII, X, XIII y XIV, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, V, VI B, VIII, X, XIII y XIV, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VIII, X, XIII y XIV, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Siete. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de espada. Código: MED-ESES102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Espada. Código: MED-ESES102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de florete. Código: MED-ESES103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Florete. Código: MED-ESES103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de sable. Código: MED-ESES104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Sable. Código: MED-ESES104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Didáctica en la iniciación en la esgrima. Código: MED-ESES105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Didáctica en la iniciación en la esgrima. Código: MED-ESES105”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Reglamento, historia y material. Código: MED-ESES106” pasa a integrar el “ANEXO II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Reglamento, historia y material. Código: MED-ESES106”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos. Código: MED-ESES107” pasa a integrar el “ANEXO II.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos. Código: MED-ESES107”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ESES108” pasa a integrar el “ANEXO II.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ESES108”.
Ocho. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de la esgrima. Código: MED-ESES201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de la esgrima. Código: MED-ESES201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del esgrimista. Código: MED-ESES202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del esgrimista. Código: MED-ESES202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Esgrima adaptada. Código: MED-ESES203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Esgrima adaptada. Código: MED-ESES203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos. Código: MED-ESES204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos. Código: MED-ESES204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de espada. Código: MED-ESES205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Espada. Código: MED-ESES205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de florete. Código: MED-ESES206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Florete. Código: MED-ESES206”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de sable. Código: MED-ESES207” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de Sable. Código: MED-ESES207”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ESES208” pasa a integrar el “ANEXO III.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ESES208”.
Artículo octavo. Modificación del Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, y se modifica el Real Decreto 669/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, y se modifica el Real Decreto 669/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra b) del artículo 4.1 queda redactada del siguiente modo:
“b) Baloncesto de personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 13.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 13.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos I, VI-A, VIII, X y XIV, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, VI-B, VIII, X y XIV, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VIII, X y XIV, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Siete. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación del jugador en etapas iniciales. Código: MED-BCBC-102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación del jugador en etapas iniciales. Código: MED-BCBC102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipos en etapas iniciales. Código: MED-BCBC103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipos en etapas iniciales. Código: MED-BCBC103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del baloncesto. Código: MED-BCBC104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del baloncesto. Código: MED-BCBC104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Táctica de ataque y defensa en etapas iniciales. Código: MED-BCBC105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Táctica de ataque y defensa en etapas iniciales. Código: MED-BCBC105”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BCBC106” pasa a integrar el “ANEXO II.j Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BCBC106”.
Ocho. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación del jugador en la etapa de tecnificación. Código: MED-BCBC201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación del jugador en la etapa de tecnificación. Código: MED-BCBC201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipos en la etapa de tecnificación. Código: MED-BCBC202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección de equipos en la etapa de tecnificación. Código: MED-BCBC202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en baloncesto. Código: MED-BCBC203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en baloncesto. Código: MED-BCBC203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Táctica de ataque y defensa en la etapa de tecnificación. Código: MED-BCBC204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Táctica de ataque y defensa en la etapa de tecnificación. Código: MED-BCBC204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Iniciación en baloncesto en silla de ruedas. Código: MED-BCBC205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Iniciación en baloncesto en silla de ruedas. Código: MED-BCBC205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BCBC206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BCBC206”.
Artículo noveno. Modificación del Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra c) del artículo 6.1 queda redactada del siguiente modo:
“c) Piragüismo de aguas bravas de personas con discapacidad.”
Dos. La letra b) del artículo 6.2 queda redactada del siguiente modo:
“b) Piragüismo de aguas tranquilas de personas con discapacidad.”
Tres. La letra c) del artículo 6.3 queda redactada del siguiente modo:
“c) Piragüismo recreativo de aguas bravas de personas con discapacidad.”
Cuatro. La letra a) del artículo 22.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Cinco. El artículo 22.3 queda redactado del siguiente modo:
“3. Los módulos comunes de enseñanza deportiva de los ciclos finales de grado medio en piragüismo de aguas tranquilas, piragüismo de aguas bravas, y piragüismo recreativo guía en aguas bravas, son los que a continuación se relacionan:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Seis. En los anexos I, VIII-A, XII, XIV y XVIII, el módulo “MED-C103. Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Siete. En los anexos I, VIII-B, VIII-C, VIII-D, XII, XIV, XV-A y XVIII, el módulo “MED-C203 Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206 Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Ocho. En los anexos I, XII, XIV y XVIII, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Nueve. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de aguas bravas. Código: MED-PIPI102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de aguas bravas. Código: MED-PIPI102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de aguas tranquilas. Código: MED-PIPI103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de aguas tranquilas. Código: MED-PIPI103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de kayak de mar. Código: MED-PIPI-104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de kayak de mar. Código: MED-PIPI104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de kayak polo. Código: MEDPIPI105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica de kayak polo. Código: MED-PIPI105”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de iniciación en piragüismo. Código: MED-PIPI106” pasa a integrar el “ANEXO II.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos de iniciación en piragüismo. Código: MED-PIPI106”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIPI107” pasa a integrar el “ANEXO II.k Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIPI107”.
Diez. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos piragüismo. Código: MED-PIPI204” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos en piragüismo. Código: MED-PIPI204”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico de piragüismo de aguas bravas. Código: MED-PIAB205” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en piragüismo de aguas bravas. Código: MED-PIAB205”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad, lectura y material técnico de piragüismo de aguas bravas. Código: MED-PIAB206” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad, lectura y material técnico de piragüismo de aguas bravas. Código: MED-PIAB206”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del piragüismo de aguas bravas. Código: MED-PIAB207” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del piragüismo en aguas bravas. Código: MED-PIAB207”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIAB208” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIAB208”.
Once. Se modifica el anexo IV de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO IV.a Objetivos generales”.
b) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los módulos citados a continuación, tanto comunes como específicos, se comparten entre el ciclo final de grado medio en piragüismo de aguas bravas y el ciclo final de grado medio en piragüismo de aguas tranquilas, y están desarrollados en su totalidad dentro del anexo III.”
c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201.” pasa a integrar el “ANEXO IV.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201 está desarrollado en el anexo III.b.”.
d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO IV.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202 está desarrollado en el anexo III.c.”.
e) Se suprime el siguiente párrafo:
“Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”
f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO IV.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204 está desarrollado en el anexo III.d.”.
g) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO IV.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205 está desarrollado en el anexo III.e.”.
h) Se añade un “ANEXO IV.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206 está desarrollado en el anexo III.f.”.
i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202.” pasa a integrar el “ANEXO IV.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202 está desarrollado en el anexo III.g.”.
j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203.” pasa a integrar el “ANEXO IV.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203 está desarrollado en el anexo III.h.”.
k) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos en piragüismo. Código: MED-PIPI204.” pasa a integrar el “ANEXO IV.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos en piragüismo. Código: MED-PIPI204” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de eventos en piragüismo. Código: MED-PIPI204 está desarrollado en el anexo III.i.”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico de piragüismo de aguas tranquilas. Código: MED-PIAT209” pasa a integrar el “ANEXO IV.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en piragüismo de aguas tranquilas. Código: MED-PIAT209”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en aguas tranquilas. Código: MED-PIAT210” pasa a integrar el “ANEXO IV.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento en aguas tranquilas. Código: MED-PIAT210”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Manejo de embarcaciones de recreo. Código: MED-PIAT211” pasa a integrar el “ANEXO IV.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Manejo de embarcaciones de recreo. Código: MED-PIAT211”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIAT212” pasa a integrar el “ANEXO IV.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIAT212”.
Doce. Se modifica el anexo V de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO V.a Objetivos generales”.
b) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los módulos citados a continuación, tanto comunes como específicos, se comparten entre el ciclo final de grado medio en piragüismo de aguas bravas, el ciclo final de grado medio en piragüismo de aguas tranquilas, y el ciclo final de grado medio en piragüismo de recreo guía en aguas bravas, y están desarrollados en su totalidad dentro del anexo III.”
c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201.” pasa a integrar el “ANEXO V.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201 está desarrollado en el anexo III.b.”.
d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO V.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202 está desarrollado en el anexo III.c.”.
e) Se suprime el siguiente párrafo:
“Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”
f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO V.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204 está desarrollado en el anexo III.d.”.
g) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO V.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205 está desarrollado en el anexo III.e.”.
h) Se añade un “ANEXO V.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206 está desarrollado en el anexo III.f.”.
i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202.” pasa a integrar el “ANEXO V.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202” cuyo contenido será: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de piragüismo. Código: MED-PIPI202 está desarrollado en el anexo III.g.”.
j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203.” pasa a integrar el “ANEXO V.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203” cuyo contenido será: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Piragüismo adaptado. Código: MED-PIPI203 está desarrollado en el anexo III.h.”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en kayak. Código: MED-PIPR214” pasa a integrar el “ANEXO V.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en kayak. Código: MED-PIPR214”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en balsa e hidrotrineo. Código: MED-PIPR215” pasa a integrar el “ANEXO V.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en balsa e hidrotrineo. Código: MED-PIPR215”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Expedición logística y materiales. Código: MED-PIPR216” pasa a integrar el “ANEXO V.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Expedición, logística y materiales. Código: MED-PIPR216”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en itinerarios guiados. Código: MED-PIPR217” pasa a integrar el “ANEXO V.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad en itinerarios guiados. Código: MED-PIPR217”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MOD-PIPR218” pasa a integrar el “ANEXO V.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-PIPR218”.
Artículo décimo. Modificación del Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra b) del artículo 7.1 queda redactada del siguiente modo:
“b) Barranquismo de personas con discapacidad.”
Dos. La letra e) del artículo 7.2 queda redactada del siguiente modo:
“e) Escalada de personas con discapacidad.”
Tres. La letra e) del artículo 7.3 queda redactada del siguiente modo:
“e) Media montaña de personas con discapacidad.”
Cuatro. La letra a) del artículo 25.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Cinco. El artículo 25.3 queda redactado del siguiente modo:
“3. Los módulos comunes de enseñanza deportiva de los ciclos finales de grado medio en barrancos, escalada y media montaña son los que a continuación se relacionan:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Seis. En los anexos II, IX-A, XIV, XVI y XIX, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Siete. En los anexos II, IX-B, XIV, XVI y XIX, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Ocho. En los anexos II, XIV, XVI y XIX, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactado como “MED-C205. Deporte y género”.
Nueve. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción en senderos. Código: MED- MOSE-102” pasa a integrar el “ANEXO III.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Conducción en senderos. Código: MED-MOSE102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Medio físico y humano de baja montaña. Código: MED-MOSE-103” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Medio físico y humano de la baja montaña. Código: MED-MOSE103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Tiempo libre. Código: MED- MOSE-104” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Tiempo libre. Código: MED-MOSE104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MOSE105” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MOSE105”.
Diez. Se modifica el anexo IV de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO IV.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO IV.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO IV.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO IV.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO IV.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO IV.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202” pasa a integrar el “ANEXO IV.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203” pasa a integrar el “ANEXO IV.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204” pasa a integrar el “ANEXO IV.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnica en barrancos. Código: MED-MOBA205” pasa a integrar el “ANEXO IV.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnica en barrancos. Código: MED-MOBA205”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad y gestión del riesgo. Código: MED-MOBA206” pasa a integrar el “ANEXO IV.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Seguridad y gestión del riesgo. Código: MED-MOBA206”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en barrancos y vías ferratas equipadas. Código: MED-MOBA207” pasa a integrar el “ANEXO IV.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en barrancos y vías ferratas equipadas. Código: MED-MOBA207”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MOBA208” pasa a integrar el “ANEXO IV.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MOBA208”.
Once. Se modifica el anexo V de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO V.a Objetivos generales”.
b) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los módulos citados a continuación, tanto comunes como específicos, se comparten entre los ciclos finales de grado medio en barrancos, escalada, y media montaña, y están desarrollados en su totalidad dentro del anexo IV.”
c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201.” pasa a integrar el “ANEXO V.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201 está desarrollado en el anexo IV.b.”.
d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO V.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202 está desarrollado en el anexo IV.c.”.
e) Se suprime el siguiente párrafo:
“Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203.”
f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO V.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204 está desarrollado en el anexo IV.d.”.
g) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO V.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205 está desarrollado en el anexo IV.e.”.
h) Se añade un “ANEXO V.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206 está desarrollado en el anexo IV.f.”.
i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202” pasa a integrar el “ANEXO V.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202 está desarrollado en el anexo IV.g.”.
j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203” pasa a integrar el “ANEXO V.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203 está desarrollado en el anexo IV.h.”.
k) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204” pasa a integrar el “ANEXO V.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204 está desarrollado en el anexo IV.i.”.
l) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los siguientes módulos específicos son específicos del ciclo final de grado medio en escalada.”
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en escalada. Código: MED-MORO210” pasa a integrar el “ANEXO V.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en escalada. Código: MED-MORO210”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica gestual en escalada. Código: MED-MORO211” pasa a integrar el “ANEXO V.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Técnica gestual en escalada. Código: MED-MORO211”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en escalada. Código: MED-MORO212” pasa a integrar el “ANEXO V.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en escalada. Código: MED-MORO212”.
o) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MORO213” pasa a integrar el “ANEXO V.m Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MORO213”.
Doce. Se modifica el anexo VI de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO VI.a Objetivos generales”.
b) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los módulos citados a continuación se comparten entre los ciclos finales de grado medio en barrancos, escalada, y media montaña, y están desarrollados en su totalidad dentro del anexo IV:”
c) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201.” pasa a integrar el “ANEXO VI.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código MED-C201 está desarrollado en el anexo IV.b.”.
d) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO VI.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202 está desarrollado en el anexo IV.c.”.
e) Se suprime el siguiente párrafo:
“Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”
f) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO VI.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204 está desarrollado en el anexo IV.d.”.
g) El párrafo “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO VI.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205 está desarrollado en el anexo IV.e.”.
h) Se añade un “ANEXO VI.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” con el siguiente contenido: “El módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206 está desarrollado en el anexo IV.f.”.
i) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202” pasa a integrar el “ANEXO V.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Escuela de senderismo. Código: MED-MOME202 está desarrollado en el anexo IV.g.”.
j) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203” pasa a integrar el “ANEXO V.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en media montaña estival. Código: MED-MOME203 está desarrollado en el anexo IV.h.”.
k) El párrafo “Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204” pasa a integrar el “ANEXO V.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204” con el siguiente contenido: “El módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado y orientación en media montaña. Código: MED-MOME204 está desarrollado en el anexo IV.i.”.
l) Se suprime el siguiente párrafo:
“Los siguientes módulos específicos, son específicos del ciclo final de grado medio en media montaña.”
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en terreno nevado tipo nórdico. Código: MED-MOME215” pasa a integrar el “ANEXO VI.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en terreno nevado tipo nórdico. Código: MED-MOME215”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en terreno nevado tipo nórdico y grandes travesías. Código: MED-MOME216” pasa a integrar el “ANEXO VI.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Guiado en terreno nevado tipo nórdico y grandes travesías. Código: MED-MOME216”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MOME217” pasa a integrar el “ANEXO VI.l Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-MOME217”.
Artículo undécimo. Modificación del Real Decreto 900/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 900/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra b) del artículo 4.1 queda redactada del siguiente modo:
“b) Balonmano de personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 13.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 13.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos I, VI-A, VIII, X, XI-B, XI-C y XIV, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, VI-B, VIII, X y XIV, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VIII, X y XIV, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactada como “MED-C205. Deporte y género”.
Siete. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Fundamentos básicos del juego. Código: MED-BMBM-102” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Fundamentos básicos del juego. Código: MED-BMBM102”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza del balonmano en la iniciación. Código: MED-BMBM103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Enseñanza de balonmano en la iniciación. Código: MED-BMBM103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades y eventos de base. Código: MED-BMBM104” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades y eventos de base. Código: MED-BMBM104”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BMBM105” pasa a integrar el “ANEXO II.i Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BMBM105”.
Ocho. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código: MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y deporte. Código: MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnico-táctica individual en balonmano. Código: MED-BMBM201” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación técnico-táctica individual en balonmano. Código: MED-BMBM201”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: El juego colectivo en balonmano. Código: MED-BMBM202” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: El juego colectivo en balonmano. Código: MED-BMBM202”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología en la etapa de tecnificación en balonmano. Código: MED-BMBM203” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología en la etapa de tecnificación en balonmano. Código: MED-BMBM203”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del balonmano. Código: MED-BMBM204.” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Preparación física del balonmano. Código: MED-BMBM204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Fundamentos básicos del balonmano playa. Código: MED-BMBM205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Fundamentos básicos del balonmano playa. Código: MED-BMBM205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Balonmano en silla de ruedas. Código: MED-BMBM206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Balonmano en silla de ruedas. Código: MED-BMBM206”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección deportiva en la etapa de tecnificación. Código: MED-BMBM207” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Dirección deportiva en la etapa de tecnificación. Código: MED-BMBM207”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BMBM208” pasa a integrar el “ANEXO III.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-BMBM208”.
Artículo duodécimo. Modificación del Real Decreto 427/2023, de 6 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
El Real Decreto 427/2023, de 6 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, se modifica en los siguientes términos:
Uno. La letra b) del artículo 4.1 queda redactada del siguiente modo:
“b) Atletismo de personas con discapacidad.”
Dos. La letra a) del artículo 13.2 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.”
Tres. La letra a) del artículo 13.3 queda redactada del siguiente modo:
“a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.”
Cuatro. En los anexos I, V-A, VII, IX, X-B, X-C y XIII, el módulo “MED-C103: Actividad física adaptada y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad”.
Cinco. En los anexos I, V-B, VII, IX y XIII, el módulo “MED-C203: Deporte adaptado y discapacidad” se sustituye por el módulo “MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad”.
Seis. En los anexos I, VII, IX y XIII, la denominación del módulo “MED-C205. Género y deporte” queda redactado como “MED-C205. Deporte y género”.
Siete. Se modifica el anexo II de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO II.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” pasa a integrar el “ANEXO II.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del comportamiento deportivo. Código: MED-C101” y su contenido se sustituye por el del anexo I.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” pasa a integrar el “ANEXO II.c Módulo común de enseñanza deportiva: Primeros auxilios. Código: MED-C102” y su contenido se sustituye por el del anexo I.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad física adaptada y discapacidad. Código: MED-C103”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” pasa a integrar el “ANEXO II.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización deportiva. Código: MED-C104” y su contenido se sustituye por el del anexo I.c de este real decreto.
f) Se añade un “ANEXO II.e Módulo común de enseñanza deportiva: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C105” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo I.d de este real decreto.
g) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la iniciación al atletismo. Código: MED-ATAT105” pasa a integrar el “ANEXO II.f Módulo específico de enseñanza deportiva: Metodología de la iniciación en atletismo. Código: MED-ATAT105”.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades de iniciación en atletismo. Código: MED-ATAT103” pasa a integrar el “ANEXO II.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización de actividades de iniciación en atletismo. Código: MED-ATAT103”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ATAT106” pasa a integrar el “ANEXO II.h Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ATAT106”.
Ocho. Se modifica el anexo III de la siguiente manera:
a) El actual contenido de los “Objetivos generales:” pasa a integrar el “ANEXO III.a Objetivos generales”.
b) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código MED-C201” pasa a integrar el “ANEXO III.b Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del aprendizaje deportivo. Código: MED-C201” y su contenido se sustituye por el del anexo II.a de este real decreto.
c) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código MED-C202” pasa a integrar el “ANEXO III.c Módulo común de enseñanza deportiva: Bases del entrenamiento deportivo. Código: MED-C202” y su contenido se sustituye por el del anexo II.b de este real decreto.
d) Se suprime el actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte adaptado y discapacidad. Código MED-C203”.
e) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código MED-C204” pasa a integrar el “ANEXO III.d Módulo común de enseñanza deportiva: Organización y legislación deportiva. Código: MED-C204” y su contenido se sustituye por el del anexo II.c de este real decreto.
f) El actual “Módulo común de enseñanza deportiva: Género y Deporte. Código MED-C205” pasa a integrar el “ANEXO III.e Módulo común de enseñanza deportiva: Deporte y género. Código: MED-C205” y su contenido se sustituye por el del anexo II.d de este real decreto.
g) Se añade un “ANEXO III.f Módulo común de enseñanza deportiva: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Código: MED-C206” que queda redactado conforme a lo establecido en el anexo II.e de este real decreto.
h) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en carreras y marcha. Código: MED-ATAT209” pasa a integrar el “ANEXO III.g Módulo específico de enseñanza deportiva: Tecnificación y perfeccionamiento técnico en carreras y marcha. Código: MED-ATAT209”.
i) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en saltos. Código: MED-ATAT210” pasa a integrar el “ANEXO III.h Módulo específico de enseñanza deportiva: Tecnificación y Perfeccionamiento técnico en saltos. Código: MED-ATAT210”.
j) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Perfeccionamiento técnico en lanzamientos y pruebas combinadas. Código: MED-ATAT211” pasa a integrar el “ANEXO III.i Módulo específico de enseñanza deportiva: Tecnificación y perfeccionamiento técnico en lanzamientos y pruebas combinadas. Código: MED-ATAT211”.
k) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Reglamento. Código: MED-ATAT204” pasa a integrar el “ANEXO III.j Módulo específico de enseñanza deportiva: Reglamento. Código: MED-ATAT204”.
l) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento condicional en atletismo. Código: MED-ATAT205” pasa a integrar el “ANEXO III.k Módulo específico de enseñanza deportiva: Entrenamiento condicional en atletismo. Código: MED-ATAT205”.
m) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización del atletismo. Código: MED-ATAT206” pasa a integrar el “ANEXO III.l Módulo específico de enseñanza deportiva: Organización del atletismo. Código: MED-ATAT206”.
n) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Atletismo adaptado. Código: MED-ATAT207” pasa a integrar el “ANEXO III.m Módulo específico de enseñanza deportiva: Atletismo adaptado. Código: MED-ATAT207”.
ñ) El actual “Módulo específico de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ATAT212” pasa a integrar el “ANEXO III.n Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica. Código: MED-ATAT212”.
Disposición transitoria única. Transitoriedad normativa.
Hasta la finalización de los ciclos de enseñanza deportiva iniciados con anterioridad a la implantación de las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común establecidas en este real decreto, seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , de Educación, en su redacción anterior a la entrada en vigor de este real decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
Disposición final segunda. Calendario de implantación.
Las Administraciones educativas implantarán las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común establecidas en este real decreto en el curso escolar 2027-2028. No obstante, podrán anticipar la implantación al año académico 2026-2027.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Anexos
Omitidos.