DECRETO 113/2026, DE 10 DE JUNIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE EMERGENCIA EXTERIOR DE ÉPILA (ZARAGOZA) (PEE ÉPILA).
El Estatuto de Autonomía de Aragón dispone en su artículo 71. 57.ª que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de protección civil que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación, la coordinación y la ejecución de medidas relativas a emergencias y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes y otras situaciones de necesidad.
El Decreto 202/2024, de 29 de noviembre , establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública del Gobierno de Aragón.
El Decreto de 3 de mayo de 2026, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos establece en su artículo 5.1 que al Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública se le asignan las competencias que tenía atribuidas con anterioridad a este Decreto excepto las competencias ejercidas por las Delegaciones Territoriales y Oficinas Delegadas.
El Decreto 27/2026, de 4 de mayo , del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón mantiene adscrita dentro de su estructura básica a la Dirección General de Interior y Emergencias dentro del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública.
En el artículo 51.1 de la vigente Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón, se definen los planes de protección civil como los instrumentos de anticipación y prevención de emergencias y previsión del marco orgánico funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales, necesarios para la protección de las personas, de los animales y de los bienes en caso de emergencia de protección civil, así como del esquema de coordinación de los distintos sectores públicos llamados a intervenir.
Asimismo, la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, aprobada por Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre , establece que las Comunidades Autónomas elaborarán su correspondiente plan de protección civil frente al riesgo químico, conforme a lo establecido en la propia Directriz.
De acuerdo a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de planificación de emergencias, y en particular en la Ley 4/2024, de 28 de junio , del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón, y en el Plan territorial de protección civil de Aragón se ha procedido elaborar el PEE de Épila, que contempla el riesgo químico desde una nueva perspectiva integral, que incluye las posibles emergencias derivadas de accidentes en establecimientos "seveso" de nivel superior y también las ocasionadas en establecimientos de nivel inferior, de actividades industriales con productos químicos y las derivadas del transporte de mercancías peligrosas en núcleo urbano, así como de gasoductos y oleoductos.
El Plan especial de referencia, tiene por objeto la prevención de accidentes y limitación de sus consecuencias, así como establecer el marco orgánico y funcional, las medidas de pre vención e información, la organización y los procedimientos de actuación y coordinación de los medios y recursos asignados al mismo, con el objeto de prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los accidentes con sustancias peligrosas en Épila.
El PEE de Épila ha sido informado favorablemente en la XXIV sesión del Pleno de la Comisión de Protección Civil de Aragón, celebrada el día veintisiete de febrero del año dos mil veintiséis. Cuenta también con informe técnico favorable del Servicio de Seguridad y Protección Civil, de 30 de enero de 2026. En virtud de cuanto antecede, previos los informes correspondientes, a propuesta del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 10 de junio de 2026,
Artículo único.- Aprobación.
Se aprueba Plan especial de protección civil de emergencia exterior de Épila (PEE Épila), cuyo texto se inserta a continuación.
Disposición final primera.- Inscripción del PEE Épila en el Registro de Planes de Protección Civil de Aragón.
El PEE Épila, se remitirá al Servicio de Seguridad y Protección Civil, de la Dirección General de e Interior y Emergencias, para su inscripción en el Registro de Planes de Protección Civil de Aragón, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón, y en el Decreto 24/2010, de 23 de febrero , del Gobierno de Aragón, por el que se regula la estructura y organización del Registro de Planes de Protección Civil de Aragón.
Disposición final segunda.- Habilitación de desarrollo.
Se faculta al departamento competente en materia de protección civil para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este Decreto en materia de sus competencias, así como para actualizar los datos que contienen los anexos al Plan.
Disposición final tercera.- Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".