ORDEN PRE/566/2026, DE 15 DE JUNIO, POR LA QUE SE ACTUALIZA EL ANEXO DEL DECRETO 62/2009, DE 24 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA NUMERACIÓN DE LAS DISPOSICIONES Y ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE DEBEN PUBLICARSE EN EL BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN.
El Decreto 62/2009, de 24 de septiembre , por el que se regula la numeración de las disposiciones y actos administrativos que deben publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León, establece en su Anexo un código alfabético indicativo de la Consejería autora de la disposición o acto y, en su Disposición Final Primera, faculta al Consejero de la Presidencia para actualizar dicho Anexo cuando proceda, ante la reorganización de los órganos superiores de la Administración Autonómica.
Efectuada dicha reorganización, mediante Decreto 2/2026, de 13 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, se hace necesario actualizar el mencionado Anexo.
Según lo dispuesto por el Decreto 6/2022, de 5 de mayo , corresponde a la Consejería de la Presidencia la competencia en materia de dirección y gestión del Boletín Oficial de Castilla y León.
En su virtud,
DISPONGO
Artículo Único. Actualización del Anexo del Decreto 62/2009, de 24 de septiembre .
El Anexo del Decreto 62/2009, de 24 de septiembre , por el que se regula la numeración de las disposiciones y actos administrativos que deben publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León queda redactado de la siguiente forma:
Consejería de la Presidencia. PRE
Consejería de Economía y Hacienda. EYH
Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio. IEM
Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales. DES
Consejería de Medio Ambiente y Energía. MAE
Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial. MTD
Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental. AGR
Consejería de Sanidad y Bienestar Social. SAN
Consejería de Educación. EDU
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. CYT
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.