Foro de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón

 06/05/2026
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Orden HAP/625/2026, de 20 de abril, por la que se modifica la Orden HAP/114/2017, de 8 de febrero, por la que se crea el "Foro de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón" y se aprueba el Reglamento que regula su organización y funcionamiento (BOA de 5 de mayo de 2026). Texto completo.

ORDEN HAP/625/2026, DE 20 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAP/114/2017, DE 8 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CREA EL "FORO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN" Y SE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

La Orden HAP/114/2017, de 8 de febrero , ("Boletín Oficial de Aragón", número 35, de 21 de febrero de 2017) crea el Foro de contratos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobando el Reglamento que regula su organización y funcionamiento. Dicho órgano se configura como un instrumento de participación en materia de contratación pública, adscrito al Departamento competente en dicha materia, que tiene por objeto canalizar la participación de los diversos agentes sociales en el proceso de planificación de objetivos y políticas públicas en materia de contratación pública de la Administración de la Comunidad Autónoma.

La Ley 11/2023, de 30 de marzo , de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, dedica su artículo 101 al "Foro de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón", al que define como "un instrumento de participación en materia de contratación pública, que tiene por objeto canalizar la participación de los agentes sociales y económicos en el proceso de planificación de objetivos y políticas públicas en materia de contratación de los órganos competentes del sector público autonómico". Se mantiene por tanto la configuración del órgano, pero cambia su denominación, remitiéndose a una norma reglamentaria para regular su composición, la designación de sus miembros, su organización, las funciones y el régimen de funcionamiento del mismo.

Desde su creación y hasta el pasado año 2025, el Foro tuvo muy poca actividad a tenor de lo reflejado en sus memorias anuales. En la actualidad el Foro ha recuperado el ritmo de funcionamiento que marca su reglamento. Efectivamente, mediante Orden HAP/259/2025, de 27 de febrero, del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, se nombraron sus vocales, retomándose su régimen de sesiones.

En la actual fase de impulso a las actuaciones del Foro se ha puesto de manifiesto la necesidad de adecuar y actualizar su composición para acompasarla a las denominaciones de las entidades de economía social que utiliza la Ley 9/2017, de 8 de noviembre , de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como para abarcar a todas las entidades de economía social recogidas en la Ley 7/2022, de 1 de diciembre , de Economía Social de Aragón.

Por esta razón, desde la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización se ha promovido una modificación de la citada Orden HAP/114/2017, de 8 de febrero , comprensiva de la necesaria actualización tanto de su composición, como de su denominación, incluyéndose a estos efectos una disposición adicional.

En la tramitación del procedimiento de modificación de la Orden se ha observado y dado cumplimiento a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 39 del texto refundido de la Ley del Presidente o Presidenta y de Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2022, de 6 de abril , del Gobierno de Aragón, así como a los requerimientos que, en relación con la elaboración de disposiciones normativas, establece el artículo 44 del mismo texto refundido. En este sentido, el expediente cuenta con una memoria justificativa elaborada en los términos de los apartados 1 y 2 del citado artículo. Dado que la modificación normativa no tiene impacto económico alguno, se ha prescindido de la elaboración de una memoria económica. Por otro lado, se han recabado los preceptivos informes de evaluación de impacto de género y por razón de discapacidad, así como de análisis jurídico procedimental elaborado por la Secretaría General Técnica.

En razón de lo anterior, de acuerdo con las competencias del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública y en ejercicio de las atribuciones que le son propias a su titular conforme a lo previsto en el Decreto 202/2024, de 29 de noviembre , del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, acuerdo:

Artículo único.- Modificación de la Orden HAP/114/2017, de 8 de febrero , por la que se crea el "Foro de contratos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón" y se aprueba el Reglamento que regula su organización y funcionamiento.

Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 8 de la Orden HAP/114/2017, de 8 de febrero, que quedan redactados de la siguiente manera:

"1. Quienes ocupen las vocalías serán nombrados por orden de la persona titular del Departamento competente en materia de contratación pública, y corresponderán:

Dos representantes, a los órganos de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de los organismos públicos y demás entidades dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que, a efectos de contratación pública, tengan la consideración de poder adjudicador.

Cuatro representantes, a los sindicatos más representativos de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al marco legal vigente.

Cuatro representantes de las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, siendo al menos uno de ellos de la Pequeña y Mediana Empresa.

Una persona representante de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y una representante de las Empresas de Inserción Social, ambos con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Una persona representante de las entidades de economía social de Aragón.

Una persona representante de las universidades públicas establecidas en el territorio aragonés, designada entre profesores y profesoras con especialización en ramas del derecho relacionadas con la contratación pública.

Una persona representante de los trabajadores y las trabajadoras autónomas inscritas en el Régimen Especial de la Seguridad Social.

Una persona representante del Tribunal de Defensa de la Competencia de Aragón.

2. La persona titular del Departamento competente en materia de contratación pública, al objeto de realizar el nombramiento de los y las vocales del Foro de contratos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, solicitará la propuesta de designación de sus representantes en el Foro, tanto titular como suplente:

A la persona titula de la Dirección General competente en materia de contratación pública.

A los sindicatos más representativos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A las organizaciones empresariales más representativas en Aragón para la designación de cuatro representantes, siendo al menos uno de ellos de las Pequeñas y Medianas Empresas.

A las asociaciones de trabajadores autónomos más representativas en Aragón.

A las asociaciones de Centros Especiales de Empleo de iniciativa Social y Empresas de Inserción Social.

A las asociaciones más representativas de entidades de economía social de Aragón.

Al Rector o Rectora de la Universidad de Zaragoza.

Al Presidente o Presidenta del Tribunal de Defensa de la Competencia de Aragón."

Disposición adicional única. Sustitución en la denominación.

De conformidad con la nueva denominación dada por la Ley 11/2023, de 30 de marzo , de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, todas las referencias que en la Orden HAP/114/2017, de 8 de febrero , se realizan al Foro de Contratos públicos se entenderán hechas, en lo sucesivo, al Foro de contratación pública.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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