EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO EJECUTIVO DE ADERSUR (ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL JEREZ-SIERRA SUROESTE) DE I CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA APLICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO Y LA METODOLOGÍA LEADER 2023-2027, PARA PROYECTOS NO PRODUCTIVOS DE ACCIONES A LA RENOVACIÓN DE POBLACIONES EN LAS ZONAS RURALES.
BDNS (Identif.): 888479
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación de renovación de poblaciones en las zonas rurales.
Esta convocatoria se publica al amparo Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
La convocatoria será de aplicación en las poblaciones del ámbito territorial de actuación del Grupo Acción Local de ADERSUR que comprende los siguientes municipios: Fregenal de la Sierra, Higuera la Real, Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera, Salvaleón, Salvatierra de los Barros, Valencia del Mombuey, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana y Zahínos. El término municipal de Jerez de los Caballeros, además del núcleo principal, cuentan con tres pedanías: La Bazana, Brovales y Valuengo.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología Leader, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas.
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, Asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, entidades locales, mancomunidades de municipios y Grupos de Acción Local que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto la mejora de la calidad de vida de la población rural.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 34.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencionable para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y del 100 % en el caso de personas beneficiarias públicas y Grupos de Acción Local, con el límite de 200.000 euros por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
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