RESOLUCIÓN DE 10 DE FEBRERO DE 2026, DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, POR LA QUE SE CONVOCA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES EN EL CIRCUITO ANDALUZ DE JÓVENES FLAMENCOS 2026.
En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo , establece en su artículo 10.3.3 que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18 preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principios rectores, el libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural, así como la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía. De manera expresa se recoge en el artículo 68.1 que corresponde asimismo a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante la Agencia), como entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado B del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril , la investigación, gestión, producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía, las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Y de manera específica en el artículo 6, apartado I, se le atribuyen las funciones de ejecución de programas de recuperación, investigación, conservación y difusión del patrimonio flamenco, y la potenciación de la difusión del flamenco.
El Instituto Andaluz del Flamenco es un órgano sin personalidad jurídica propia, encuadrado dentro de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. A través del Instituto Andaluz de Flamenco se pretende llevar a cabo el programa “Circuito Andaluz de Jóvenes Flamencos”, con el objetivo de promocionar, fomentar y poner en valor aquellas iniciativas artísticas relacionadas con el flamenco de jóvenes residentes en Andalucía de entre 14 y 25 años.
Este programa se realiza en cumplimiento de lo establecido en la Ley 4/2023, de 18 de abril , Andaluza del Flamenco, que tiene como finalidad entre otras, proteger, conservar y fomentar el flamenco como elemento singular de la cultura andaluza, promover su conocimiento y valoración como elemento importante del patrimonio cultural andaluz, estimular la creación artística, así como el asociacionismo en este ámbito, promover la profesionalización, participación y desarrollo personal de las personas con capacidades diversas.
Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril ,
RESUELVO
Primero. Objeto.
El objeto del Circuito de Andaluz de Jóvenes Flamencos es seleccionar aquellas propuestas artísticas de baile, cante, toque y otros instrumentos flamencos de jóvenes artistas residentes en Andalucía para el programa de exhibición de la presente convocatoria.
La Agencia suscribirá con cada Licitador seleccionado para la gala final, el correspondiente contrato de representación pública, al amparo de lo dispuesto en los arts. 25.1.a), 26.2, 118 , y 168.a).2.º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Segundo. Requisitos de los participantes.
Podrán presentar su solicitud los artistas flamencos que en el momento de la publicación de esta convocatoria sean menores de 25 años, y mayores de 14, que tengan su residencia en la comunidad autónoma de Andalucía.
Tercero. Solicitud, lugar y plazo de presentación.
Se presentarán preferentemente por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (VEAJA), siendo la dirección electrónica de envío: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC o a través de la Presentación Electrónica General conforme al modelo de solicitud Anexo I que se publica conjuntamente con la presente resolución, y que también podrá obtenerse en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/flamenco/andaluciaflamenco/circuito-jovenes-flamencos.html
También podrán presentarse en las oficinas de Correos en la forma que reglamentariamente se establezca y en las oficinas de asistencia en materia de registros, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para aquellas solicitudes enviadas por correo postal certificado y las presentadas en algún registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico a la Dirección del Instituto Andaluz de Flamenco (cajf.aaiicc@juntadeandalucia.es) adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de Correos o la fecha de entrega para registro en otro centro dentro del plazo. En estos casos, se entregarán, dirigidas a la siguiente dirección postal: Calle Santa Teresa, 8, 41004 Sevilla.
El plazo de presentación de ofertas será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Contenido de la solicitud.
1. Además del formulario debidamente cumplimentado, la solicitud se acompañará de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI/NIE del participante.
b) Enlace a un vídeo con una grabación audiovisual y sonora en la que se interprete al menos un del palo flamenco.
c) Documento actualizado que acredite tener la residencia en Andalucía.
Quinto. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 5 días hábiles subsane y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud. Dicha documentación se realizará preferentemente a través de Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA), siendo la dirección electrónica de envío https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC
El acto de subsanación se notificará de forma conjunta a todos los artistas interesados publicándose en la página web de la Agencia. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos. En caso de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Sexto. Procedimiento de selección.
1. Comité de selección:
Para las fases del proceso de selección de artistas se constituirá, mediante resolución de la Dirección de la Agencia, un comité seleccionador que estará formado por:
Presidencia: Dirección del Instituto Andaluz del Flamenco.
Vocalías:
Un representante del tejido asociativo de Andalucía.
Un representante de la Bienal de Flamenco de Sevilla.
Un representante del Instituto Andaluz del Flamenco.
Una persona de reconocido prestigio en la materia.
Secretaría: Jefe de Área de Proyectos del Instituto Andaluz del Flamenco.
Además, el comité seleccionador podrá estar formado por un representante provincial del tejido asociativo y un representante provincial del Instituto Andaluz de la Juventud, ambos con voz y sin voto.
2. Criterios de valoración y elección de la propuesta artística.
- Los criterios de valoración que se tendrán en cuenta en cada una de las fases son: Calidad de la propuesta, la interpretación, la originalidad del repertorio y la ejecución del mismo.
- En cada una de las fases del circuito, cada participante elegirá el estilo o estilos que desea interpretar.
3. Fases de selección del circuito:
I Fase: Recepción de solicitud y primera selección.
Se celebrará un proceso de selección en las modalidades de baile, cante, toque y otros instrumentos (entre ellos; violín, flauta, saxo, piano, teclado, batería, palillos, guitarra o bajo eléctrico, sintetizadores, música experimental y/o electrónica, etc) a través de los videos presentados.
Serán seleccionados un máximo de 8 candidaturas por provincia.
Las propuestas seleccionadas en esta fase se notificarán de forma conjunta a todos los artistas interesados publicándose en la página web de la Agencia.
II Fase: Selección en las peñas flamencas de Andalucía.
Los artistas de cada provincia seleccionados en la etapa anterior actuarán en las peñas que sean designadas para esta fase.
Se establece un tiempo máximo de actuación de 10 minutos, en cualquiera de las modalidades mencionadas (baile, cante, toque y otros instrumentos).
La organización pondrá a disposición de las personas participantes, en caso de ser necesario, guitarra, cante o percusión dependiendo de la modalidad en la que el artista esté participando.
De los candidatos que actúan en esta fase, se seleccionarán 16 artistas, preferentemente 4 por modalidad.
Las propuestas seleccionadas en esta fase se notificarán de forma conjunta a todos los artistas interesados publicándose en la página web de la Agencia.
Los gastos ocasionados por motivo de desplazamiento, alojamiento y manutención de seleccionados en esta fase serán asumidos por la organización.
III Fase: Encuentros de jóvenes flamencos andaluces.
Los artistas seleccionados en la etapa anterior actuarán distribuidos en dos encuentros flamencos que se realizarán en la Comunidad Autónoma.
Para cada uno de los artistas seccionados, se establece un tiempo máximo de actuación de 10 minutos, en cualquiera de las modalidades mencionadas (baile, cante, toque y otros instrumentos).
Esta fase tendrá como resultado la selección de 4 artistas para la fase siguiente, preferentemente, uno por cada modalidad.
Las propuestas seleccionadas en esta fase se notificarán de forma conjunta a todos los artistas interesados publicándose en la página web de la Agencia.
Los gastos ocasionados por motivo de desplazamiento, alojamiento y manutención de participantes en esta fase serán asumidos por la organización.
IV Fase: Programa de exhibición del Circuito Andaluz de Jóvenes Flamencos.
Con el objetivo de poner en valor las cuatro propuestas artísticas seleccionadas en la fase anterior, se programarán al menos tres actuaciones. La primera tendrá lugar en el marco de la Bienal de Flamenco de Sevilla 2026; la segunda se realizará dentro de la programación que el Instituto Andaluz del Flamenco desarrolla junto al Centro Nacional de Difusión Musical, en el Auditorio Nacional de Música de Madrid; y, con motivo del Día Andaluz del Flamenco, reconocido por la UNESCO como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, tendrá lugar otra actuación en el Teatro Góngora del IMAE.
Se establece un tiempo máximo de actuación de 20 minutos, en cualquiera de las modalidades mencionadas (baile, cante, toque y otros instrumentos). Cada participante elegirá el estilo o estilos que desea interpretar.
Los seleccionados para la participación de este programa de exhibición podrán ser programados en otros espacios, festivales o programas de flamenco en los que participa la Agencia.
Los artistas deberán suscribir los preceptivos contratos de representación pública con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
Séptimo. Forma de pago.
La Agencia abonará a cada uno de los artistas el caché correspondiente, con un máximo de 2.000 euros, por las representaciones realizadas en fase IV del circuito, previa presentación de las correspondientes facturas emitidas con las formalidades legalmente establecidas, una vez realizada la representación.
Octavo. Devolución de solicitudes originales.
- La documentación de las propuestas no seleccionadas quedará a disposición de los interesados durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, en la oficina del Instituto Andaluz del Flamenco.
- La documentación no retirada en esa fecha pasará a formar parte de los fondos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo.
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