Subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental

 09/02/2026
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Extracto de la Orden de 16 de enero de 2026 por la que se regulan los criterios de repartición y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2026, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (códigos de procedimiento PR483A, PR483B, PR483C y PR483D) (DOG de 6 de febrero de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 16 DE ENERO DE 2026 POR LA QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS DE REPARTICIÓN Y SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA LÍNEA EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA Y DE LA LÍNEA EN CONCURRENCIA COMPETITIVA DEL FONDO DE COMPENSACIÓN AMBIENTAL PARA EL AÑO 2026, DE FORMA INDIVIDUAL Y MEDIANTE EL SISTEMA DE GESTIÓN COMPARTIDA, DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES DE GALICIA (CÓDIGOS DE PROCEDIMIENTO PR483A, PR483B, PR483C Y PR483D).

BDNS (Identif.): 885381.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se pode consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885381

Primero. Beneficiarios

- Convocatoria de subvenciones de naturaleza no competitiva: aquellos ayuntamientos de Galicia cuyo territorio municipal esté dentro de la poligonal de delimitación de un parque eólico e, igualmente, los afectados por la correspondiente instalación de conexión o vía de evacuación, relacionados en el anexo V de esta orden.

- Convocatoria de subvenciones de naturaleza competitiva:

a) Los ayuntamientos de Galicia que formulen una petición de manera individual.

b) Los ayuntamientos de Galicia que formulen una petición de manera conjunta mediante agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos, en los términos del artículo 9.

c) Las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia.

d) Los consorcios locales de Galicia, constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio , de Administración local de Galicia, siempre que estén participados por uno o varios ayuntamientos.

Quedan expresamente excluidas las diputaciones provinciales.

Segundo. Objeto

Regular los criterios de repartición y establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2026, en régimen de concurrencia no competitiva y concurrencia competitiva, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, afectadas a la realización de gastos que revistan naturaleza productiva y generadora de empleo.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 16 de enero de 2026 por la que se regulan los criterios de repartición y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2026, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (códigos de procedimiento PR483A, PR483B, PR483C y PR483D), que se tramitó como expediente anticipado de gasto.

Cuarto. Importe

Para la financiación de la convocatoria de subvenciones se destina un total de 7.939.674,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al de publicación, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

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