RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 9143-2025, CONTRA EL ARTÍCULO 97 DE LA LEY 2/2025, DE 2 DE ABRIL, DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE CANTABRIA, EN CUANTO INCORPORA LOS APARTADOS 2, 3 Y 4 A LA NUEVA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA DE LA LEY DE CANTABRIA 2/2007, DE 27 DE MARZO, DE DERECHOS Y SERVICIOS SOCIALES.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 9143-2025, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 97 de la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria, en cuanto incorpora los apartados 2, 3 y 4 a la nueva disposición adicional séptima de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo , de Derechos y Servicios Sociales. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -29 de diciembre de 2025- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el “Boletín Oficial del Estado” para los terceros.