ORDEN 154/2025, DE 17 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 134/2021, DE 8 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS CONTEMPLADAS EN EL PLAN DE APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXT GENERATION EU Y EN EL PROGRAMA DE ECONOMÍA CIRCULAR Y EL PLAN DE IMPULSO AL MEDIO AMBIENTE-PIMA RESIDUOS, FINANCIADOS CON FONDOS ESTATALES.
Dentro del contexto del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR) aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 13 de julio de 2021, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente ha ido adoptando acuerdos en los que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos a las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía. Entre otros, adoptó:
El Acuerdo de 14 de abril de 2021, por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos al plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, programa de economía circular y plan de impulso al medio ambiente-PIMA Residuos, modificado por acuerdos de 20 de junio de 2022, de 23 de noviembre de 2022 y 31 de enero de 2025.
Así, se publica la Orden 134/2021, de 8 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y en el Programa de Economía Circular y el Plan de Impulso al Medio Ambiente-PIMA residuos financiados con fondos estatales.
Esta orden de bases fue modificada por la Orden 183/2021, de 15 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 134/2021, de 8 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y en el Programa de Economía Circular y el Plan de Impulso al Medio Ambiente-PIMA residuos financiados con fondos estatales. La modificación fue realizada para su adaptación a las siguientes órdenes ministeriales, por el Ministerio de Hacienda y Función Pública:
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre , por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre , por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre , por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, establece que el Plan se debe llevar a cabo bajo el principio del compromiso con el resultado, y dispone que la ejecución del PRTR conlleva la implicación de las administraciones públicas en la gestión de los hitos y objetivos consensuados con la Comisión Europea y aprobados por decisión del Consejo, siendo por ello imprescindible arbitrar instrumentos que aseguren la coordinación y formalización del resultado obtenido.
Tanto la Orden HFP/1030/2021 como la Orden HFP/1031/2021 y las instrucciones emitidas por la Secretaría General de Fondos Europeos, establecen una serie de reportes sobre el grado de cumplimiento de los hitos y objetivos (HyO) a registrar en la aplicación CoFFEE-MRR.
La Comisión Europea ha realizado una comunicación de cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de fecha de 4 de junio de 2025, en la cual se establece, entre otras cuestiones, que los estados miembros deberían revisar exhaustivamente sus planes de recuperación lo antes posible para garantizar que todos los hitos y objetivos puedan implementarse antes de la fecha límite del 31 de agosto de 2026. Una vez implementados la Comisión haría los desembolsos correspondientes.
La Secretaría General de Fondos Europeos como órgano directivo del Ministerio de Hacienda, tiene como competencias, entre otras, la supervisión de los progresos en relación con los hitos y objetivos del PRTR. Así, este órgano, en su ámbito competencial ha establecido que toda documentación del seguimiento del PRTR debe de estar cargada en la aplicación CoFFEE-MRR a 30 de junio de 2026.
En consecuencia, de acuerdo con lo anteriormente expuesto y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre , en relación con lo establecido en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre , del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como con lo preceptuado en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la presente:
Dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden 134/2021, de 8 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y en el Programa de Economía Circular y el Plan de Impulso al Medio Ambiente-PIMA residuos financiados con fondos estatales.
La Orden 134/2021, de 8 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, y en el Programa de Economía Circular y el Plan de Impulso al Medio Ambiente-PIMA residuos financiados con fondos estatales, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el párrafo b) del apartado 1 del artículo 18 de la siguiente manera:
La presentación a la Dirección General con competencias en residuos y economía circular del informe justificativo final sobre las actuaciones concretas financiadas en el plazo de 10 días, contados a partir de la fecha máxima para la ejecución del proyecto.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de residuos y economía circular de la Consejería de Desarrollo Sostenible para dictar cuantos actos sean necesarios para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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