Comité de Seguimiento de Castilla y León del plan estratégico de la Política Agrícola Común

 25/05/2023
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Orden AGR/653/2023, de 17 de mayo, por la que se modifica la Orden AGR/547/2023, de 25 de abril, por la que se crea el Comité de Seguimiento de Castilla y León del plan estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027 (BOCYL de 24 de mayo de 2023). Texto completo.

ORDEN AGR/653/2023, DE 17 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AGR/547/2023, DE 25 DE ABRIL, POR LA QUE SE CREA EL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DE CASTILLA Y LEÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN PARA EL PERIODO 2023-2027.

La Orden AGR/547/2023, de 25 de abril, por la que se crea el Comité de Seguimiento de Castilla y León del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, establece en su Anexo la composición del mencionado Comité.

En el apartado 1 letra c) se recogen 26 vocalías, siendo la 22.ª “Una persona en representación de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) en Castilla y León” y la 23.ª “Dos representantes de las organizaciones sindicales más representativas”.

Dicha composición no resulta conforme al artículo 13.1 de la Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo social y regulación de la Participación Institucional, que determina con relación a los criterios de participación que “la determinación concreta del número de representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas atenderá al criterio de la paridad entre éstas”.

Corresponde por lo tanto modificar el Anexo de la citada Orden, exclusivamente en lo relativo al número 22.ª de la letra c) de su apartado 1.

Por todo lo expuesto,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden AGR/547/2023, de 25 de abril, por la que se crea el Comité de Seguimiento de Castilla y León del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.

Se modifica el número 22.ª de la letra c) del apartado 1 del Anexo, que queda redactado de la siguiente forma:

“22.ª Dos representantes de las organizaciones empresariales más representativas”.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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