Ayudas para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes a municipios menores de 20.000 habitantes de la Comunitat Valenciana

 08/07/2022
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Extracto de la Resolución de 1 de julio de 2022, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes a municipios menores de 20.000 habitantes de la Comunitat Valenciana (PRTR) (DOCV de 7 de julio de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 1 DE JULIO DE 2022, DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN LAS AYUDAS PARA LA MEJORA DEL ABASTECIMIENTO Y REDUCCIÓN DE PÉRDIDAS EN REDES A MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES DE LA COMUNITAT VALENCIANA (PRTR).

BDNS (identif.): 637087.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/637087

Primero. Objeto

Convocar a los municipios de la Comunitat Valenciana, a solicitar subvenciones para la ejecución de obras en materia de mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de distribución, la reparación y mejora de los depósitos e instalaciones de potabilización, en municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma Valenciana.

Segundo. Beneficiarios

Municipios de la Comunitat Valenciana de menos de 20.000 habitantes.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2022 de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes a municipios menores de 20.000 habitantes de la Comunitat Valenciana (Plan de Recuperación Transformación y Resiliciencia).

Cuarto. Dotación

El importe destinado a las subvenciones es de 7.017.390,00 € y el importe máximo de la subvención a cada proyecto será de 180.000,00 euros.

Quinto. Financiación

Son fondos Europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) destinados a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Está recogida en la partida presupuestaria 12.99.99.442.99, capítulo VII (mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios), línea de subvención S8825000, de la Ley 8/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022.

La parte no ejecutada en el ejercicio presupuestario 2022, será incorporada como remanentes en los ejercicios presupuestarios siguientes hasta la completa ejecución del programa.

Se establecerá una lista de reserva para las solicitudes que hayan sido baremadas cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiarias, pero que no hayan sido estimadas por haberse rebasado la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.

En este supuesto, si se renunciase a la subvención por alguna de las entidades beneficiarias en el plazo de 1 mes siguiente a la notificación de la resolución de concesión, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención a las entidades solicitantes siguientes en orden a su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de las personas beneficiarias, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.

El órgano concedente de la subvención comunicará esta opción a las entidades interesadas, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de 10 días. Una vez aceptada la propuesta por parte de las entidades solicitantes, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su notificación.

Sexto. Plazo de la solicitud, forma de presentación y documentación que debe acompañarse

El plazo de presentación de solicitudes, en el ejercicio 2022, para las ayudas de la presente convocatoria, será de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Los solicitantes, dado que en todo caso son personas jurídicas y, por tanto, están obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22430

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