Supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación

 05/11/2013
 Compartir: 

Decreto 202/2013, de 29 de octubre, por el que se modifica el Decreto 220/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la autorización de implantación, modificación, supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación (DOE de 4 de noviembre de 2013). Texto completo.

DECRETO 202/2013, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 220/2012, DE 2 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACIÓN DE IMPLANTACIÓN, MODIFICACIÓN, SUPRESIÓN DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES Y RENOVACIÓN DE SU ACREDITACIÓN.

Mediante el Decreto 220/2012, de 2 de noviembre , se regula la autorización de implantación, modificación, supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación.

El proceso de implantación de titulaciones universitarias oficiales se regula con carácter básico por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre , por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, siguiendo los principios establecidos en la Ley Orgánica 6/2001 , de Universidades. Con arreglo a esta regulación, la intervención de actores diversos en las distintas fases del procedimiento determina que no pueda controlarse éste íntegramente por la Comunidad Autónoma. En los últimos cursos, el número de títulos a verificar se ha incrementado de forma notable, lo que ha dilatado la tramitación de verificación anterior a la solicitud de implantación de cada uno de los títulos. Ello dificulta el cumplimiento de los plazos de solicitudes por parte de la Universidad de Extremadura.

Ante esta situación, se hace conveniente una adaptación de los plazos de presentación de solicitudes, haciendo con ello posible la oferta de títulos demandados por parte de la Universidad de Extremadura en los cursos académicos más adecuados, lo que redunda en beneficio del alumnado.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013, D I S P O N G O :

Artículo único. Modificación del Decreto 220/2012, de 2 de noviembre , por el que se regula la autorización de implantación, modificación, supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación.

Se modifica el Decreto 220/2012, de 2 de noviembre , por el que se regula la autorización de implantación, modificación, supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 3 del artículo 8, que queda redactado como sigue:

“3. El plazo de presentación de solicitudes de autorización de implantación de enseñanzas conducentes a títulos oficiales de grado y máster, así como de modificación de sus planes de estudios, a partir de un curso determinado, comenzará el uno de enero del año de comienzo de dicho curso y finalizará el veinte de enero de ese mismo año, ambos incluidos.

El plazo de presentación de las solicitudes de autorización de implantación de enseñanzas conducentes a títulos oficiales de doctorado, así como de modificación de sus planes de estudios, finalizará cuatro meses antes de la fecha prevista para el comienzo de su impartición.

Las solicitudes que la Universidad de Extremadura presente fuera del plazo señalado no serán admitidas, por lo que ésta deberá volver a presentar una nueva solicitud en plazo”.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Disposición final primera. Autorización.

Se faculta al titular de la consejería con competencias en materia de enseñanza universitaria para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de las normas contenidas en el presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Cecilia Albérica García-Rodríguez y Xosé María Mahou-Lago
Análisis de la apertura de datos por comunidades autónomas en España

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el TS que un contrato de interinidad por vacante en el ámbito del empleo público se desnaturaliza por el transcurso del tiempo
  2. Legislación: Mejora de puntos limpios fijos
  3. Tribunal Supremo: Los servicios sanitarios prestados por personal de enfermería en residencias de mayores de titularidad privada han de ser evaluados como méritos en los procesos selectivos convocados por los Servicios de Salud
  4. Legislación: Incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor “Hub Aeronáutico Net Zero Jerez”
  5. Legislación: Subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, universidades públicas y entidades locales, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables
  6. Legislación: Profesional para el Empleo en el sector del Hidrógeno Verde
  7. Legislación: Subvenciones para el año 2025, para el desarrollo del servicio de "Casas de infancia en el medio rural aragonés"
  8. Legislación: Zonas vulnerables a la contaminación difusa de las aguas producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias
  9. Legislación: Subvenciones a entidades locales para el desarrollo de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e integración ambiental en núcleos urbanos de la Estrategia Ebro Resilience en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
  10. Legislación: Procedimiento para la obtención del carné de transporte de las personas mayores de 65 años

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana