Subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo

 13/09/2013
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Orden de 10 de septiembre de 2013, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se modifica la Orden de 16 de marzo de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo (BOA de 12 de septiembre de 2013). Texto completo.

ORDEN DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y EMPLEO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 16 DE MARZO DE 2006, DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS OTORGADAS POR EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO, DESTINADAS A LOS PROGRAMAS DE ESCUELAS TALLER Y TALLERES DE EMPLEO.

La aprobación de la Ley 6/2013, de 12 de agosto, por la que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito y por la que se autoriza la realización de operaciones de endeudamiento por importe de 190.000.000 euros, tiene por objeto el desarrollo de medidas que aceleren el impacto positivo de la "Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento" a medio y largo plazo para transformar el tejido empresarial de Aragón.

El artículo 5 de la referida Ley hace referencia al "Plan Impulso 2013 para el crecimiento económico y la protección social" disponiendo que la cuantía prevista para el suplemento de crédito, así como la cuantía necesaria del crédito extraordinario hasta completar un total de 150.000.000 euros se destinarán a financiar las líneas de actuación previstas en el "Plan Impulso 2013 para el crecimiento económico y la protección social" elaborado por el Gobierno de Aragón.

Entre las medidas previstas en el "Plan Impulso 2013 para el crecimiento económico y la protección social", dentro del eje relativo al "Impulso al Empleo", concretamente "Plan Especial de Empleo en zonas rurales" se incluyen las "Escuelas Taller y Talleres de Empleo", dotado con 2.800.000 de euros para financiar actuaciones destinadas a reforzar el Programa de Escuelas Taller y Talleres de Empleo a desarrollar por el Instituto Aragonés de Empleo.

La Orden de 16 de marzo de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, en sus artículos 4 y 5 prevé la duración de estos proyectos.

Ante la imposibilidad de cumplir, por el carácter urgente y extraordinario de las medidas del Plan Impulso 2013 del Gobierno de Aragón y la necesidad de su pronta ejecución, el plazo mínimo establecido en dichos preceptos, es imprescindible modificar su contenido para la adecuación de las líneas contempladas en dicho plan y de las subvenciones que de ellas se derivan.

Por todo ello, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 2 del Decreto 19/2012, de 24 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía y Empleo, en relación con su artículo 1 m), dispongo:

Artículo 1. Modificación del artículo 4 de la Orden de 16 de marzo de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

El apartado segundo del artículo 4 de la Orden de 16 de marzo de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, queda redactado en los siguientes términos:

"2. Los Proyectos de Escuelas Taller constarán de una primera etapa de carácter formativo de iniciación de seis meses de duración, y otra segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.

Preferentemente la duración de ambas etapas no será inferior a un año ni superior a dos. Si concurrieren circunstancias excepcionales en relación a medidas a adoptar que incidiesen en estos proyectos, el plazo de duración de los mismos se determinará en la convocatoria de las subvenciones".

Artículo 2. Modificación del artículo 5 de la Orden de 16 de marzo de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

El apartado segundo del artículo 5 de la Orden de 16 de marzo de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones públicas otorgadas por el Instituto Aragonés de Empleo, destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, queda redactado en los siguientes términos:

"2. Durante el desarrollo del Taller de Empleo los/las alumnos recibirán formación profesional ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar.

Preferentemente los Talleres de Empleo tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de un año. Si concurrieren circunstancias excepcionales en relación a medidas a adoptar que incidiesen en estos proyectos, el plazo de duración de los mismos se determinará en la convocatoria de las subvenciones".

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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