La ordenanza municipal de playas de Estepona se modifica para regular por primera vez la práctica de deportes de viento

 07/12/2012
 Compartir: 

La concejala del área de Gestión de Recursos, Pilar Fernández-Fígares, ha explicado que el Ayuntamiento de Estepona ha realizado una modificación de la ordenanza para el uso y disfrute de las playas del municipio. La edil ha indicado que, como principal novedad, se añaden artículos para regular la práctica de kite-surf, windsurf y otros deportes de viento, que hasta ahora

Iestepona.es 07.12.12

Fernández-Fígares ha explicado que estas actividades cuentan cada vez con más seguidores, por lo que era "necesaria" la incorporación de nuevos artículos a la ordenanza municipal para garantizar la seguridad de los bañistas y usuarios del litoral esteponero. De esta manera, la modificación que ya ha sido aprobada -y que está pendiente de su entrada en vigor, una vez que se someta a exposición pública y se apruebe posteriormente de forma definitiva- incluye la habilitación de zonas, adecuadamente señalizadas, y previa autorización de la Demarcación de Costas donde se podrán practicar este tipo de deportes. La edil ha explicado que estos cambios se han realizado ahora para "contar con esta normativa para la próxima temporada de baño".

Además, se establece la obligatoriedad de que las personas que realicen kite-surf, windsurf y otros deportes de viento cuenten con un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad. Asimismo, el documento renovado plantea que las escuelas de este tipo de deportes se desarrollen en la zona de barlovento, salvo que por las condiciones del viento, se tengan que realizar en sotavento. Por último, establece que los bañistas no podrán alejarse a más de 50 metros de la orilla del mar en las zonas reservadas para estas modalidades deportivas con el objetivo de evitar accidentes.

Prohibición venta ambulante y masajes

Por otra parte, la ordenanza también ha sido modificada para prohibir la venta ambulante de cualquier tipo de producto y la realización de masajes. Con esta regulación se quiere evitar la práctica de actividades que no cumplen los requisitos higiénico-sanitarios que deben garantizarse para los usuarios de estos servicios. No obstante, el Ayuntamiento permitirá que se hagan masajes en aquellos establecimientos donde los realicen profesionales titulados y cuenten con autorización.

Asimismo, la nueva ordenanza cambia también los textos que acompañarán los distintos tipos de banderas que se izan para que los bañistas conozcan el estado del mar. A partir de ahora, en los carteles y material informativo que se distribuya la bandera roja significará "prohibido el baño" y no "peligro para el baño", como hasta ahora. La "marejadilla" será sustituida por "mar revuelto", y la "marejada" por "mar agitado" con el objeto de que los usuarios puedan "interpretar" de una forma "más clara" lo que significa los colores que ondean en los mástiles.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana