Concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio de Inspección

 26/11/2012
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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio de Inspección. Podrán tomar parte en el mismo los miembros de la Carrera Judicial que hubieren alcanzado la categoría de Magistrado/a y hayan computado, al menos, cinco años de servicios en aquella.

BASES

Primera.

Quienes deseen tomar parte en el mencionado concurso dirigirán instancia, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que acompañarán relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.

Podrán tomar parte en el mismo los miembros de la Carrera Judicial que hubieren alcanzado la categoría de Magistrado/a y hayan computado, al menos, cinco años de servicios en aquella.

Tercera.

Se valorará la experiencia en los Juzgados de lo Penal y de la Violencia sobre la Mujer, así como el conocimiento de idiomas, lenguas autonómicas y de informática.

Cuarta.

El/la candidato/a podrá ser requerido/a para que justifique los datos, circunstancias y méritos a que se refiere el apartado anterior así como el primero. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

El concurso se resolverá por el Pleno de Consejo General de Poder Judicial apreciando libre y discrecionalmente los méritos y circunstancias de los/as solicitantes. Si el Pleno del Consejo entendiere que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad y aptitud precisas para el cargo podrá declarar el concurso desierto.

Sexta.

El/la concursante al o a la que se adjudique el puesto convocado quedará en la situación de servicios especiales, prevista en los artículos 146.2 y 351.d), en su caso, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, prestará sus funciones durante el plazo de dos años prorrogables por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de 10 años y estarán sometidos/as al Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Acuerdo de Pleno de 22 de abril de 1986 (Publicado en el “Boletín Oficial del Estado” número 107, de 5 de mayo).

Séptima.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

ANEXO I

Denominación del puesto: Inspector/a Delegado/a.

Localidad: Madrid.

Requisitos del puesto:

Experiencia en los Juzgados de lo Penal y de Violencia sobre la Mujer.

Conocimientos de idiomas, lenguas autonómicas y de informática.

Número de puestos convocados: 1.

Nivel de destino: 30. Complemento específico: 49.243,46 euros anuales.

Adscripción: Carrera Judicial-Magistrados.

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