La nueva ordenanza de Nàquera multa con hasta 18.000 € maltratar animales

 07/11/2012
 Compartir: 

La nueva ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía de Nàquera prevé multas de hasta 18.000 euros a aquellas personas que maltraten físicamente a los perros u otro tipo de animales.

Levante-emv.com 07.11.12

Esta actuación está considerada como falta muy grave en el texto aprobado por el ayuntamiento así como otras situaciones como la filmación de escenas que supongan crueldad, maltrato o padecimiento, alimentarlos con restos de otros animales muertos, el suministro de medicamentos nocivos para su salud, la esterilización de los perros, su venta ambulante o su uso en espectáculos, peleas, fiestas populares o actividades similares.

La ordenanza regula una serie de situaciones habituales en el día a día de los municipios como la prohibición de la tenencia de animales en viviendas urbanas si éstos no se hallan en perfectas condiciones higiénico-sanitarias y no causan molestias al resto del vecindario. Además, se prohíbe la permanencia continuada de perros y gatos en las terrazas o balcones de los pisos. Sus dueños podrán ser multados si estos animales aúllan o ladran. En estos casos, se establecen sanciones de entre 30 y 600 euros.

Los parques, jardines y zonas verdes son algunos de los emplazamientos que mayor protección reciben en la ordenanza aprobada. Así, los perros y animales no podrán permanecer sueltos en lugares entre las 7 de la mañana y las 10 de la noche y queda prohibida su presencia en lugares destinados a juegos infantiles.

Además, los dueños de los perros deberán recoger los excrementos que éstos depositen en la vía pública así como limpiar la zona afectada. Incluso, se regula la presencia de perros en los interiores de los vehículos al quedar restringida a aquel lugar donde no perturbe la labor del conductor y no se comprometa la seguridad del tráfico.

Las infracciones leves se sancionan con multas de entre 30 y 600 euros mientras que las graves, con castigos de entre 600 y 6.000 euros.

Además, dejar suelto a un animal peligroso, omitir su inscripción en el registro o hallar al animal en lugares públicos sin bozal puede ser multado con hasta 15.000 euros.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana