Santa Maria regula la ocupación de la vía pública en una nueva ordenanza

 18/09/2012
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La normativa municipal, que se aprobará el jueves, prevé sanciones de hasta 1.500 euros para los infractores más graves

Diariodemallorca.es 18.09.12

Uno de los puntos estrella del próximo jueves día 20 es la ordenanza reguladora de la utilización de la vía pública, en la que se especifica, entre otros aspectos, que la ocupación de terrenos de propiedad privada con incidencia en la vía pública estarán sujetos al pago de las tasas establecidas por la ordenanza fiscal. La normativa prevé sanciones de hasta 1.500 euros para aquellas faltas consideradas más graves.

Las instalaciones deberán cumplir una serie de requisitos, entre ellos no obstaculizar el paso de peatones ni perjudicar la seguridad de éstos o del tráfico de vehículos.

El ayuntamiento de Santa Maria podrá denegar la solicitud de instalación temporal en cualquiera de los casos en los que se dificulte el paso, ponga en peligro la seguridad de los peatones, el uso de mobiliario urbano (bancos, cabinas telefónicas etc) o la seguridad vial. Tampoco se autorizarán licencias si suponen un impedimento para la evacuación de edificios próximos al local.

El horario para la instalación será el siguiente: horario de apertura, a las nueve de la mañana; horario de cierre, de domingo a jueves, ambos inclusive, hasta las 23 horas; los viernes, los sábados y noches de días festivos, hasta las 23,30 horas.

Cierre de las terrazas

Durante los meses de julio y agosto, los establecimientos podrán retrasar el cierre de las terrazas en treinta minutos.

El ayuntamiento de Santa Maria se reserva la potestad de reducir los horarios si existen molestias a los vecinos, para hacer compatibles los derechos generales del descanso y el derecho particular de los propietarios de los establecimientos.

Tal y como se ha citado antes, la nueva normativa contempla la imposición de multas de diferentes cuantías por el incumplimiento de la ordenanza. Las sanciones pueden oscilar desde los 450 euros en el caso de las faltas leves, los 900 euros por las graves, y por último, las más costosas ascienden a 1.500 euros. Además, esta multa conlleva la consiguiente revocación de la licencia concedida.

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