El fallo del Supremo obliga al Concello de A Coruña a modificar la ordenanza de antenas

 07/05/2012
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En total, la sentencia anula una decena de preceptos y la deja sin contenido porque considera que el Ayuntamiento no tiene potestad para regular en un ámbito en el que las competencias son del Estado.

laopinioncoruña.es – 06/05/2012

La sentencia del Supremo que anula artículos clave de la ordenanza de antenas de telefonía móvil que se aplica en la ciudad obliga al Concello a modificar este documento. Fuentes municipales aseguran que los técnicos trabajan para adaptar la norma. El Ejecutivo local aprobó ayer, en su Junta de Gobierno, la colocación de dos antenas en las calles de la ciudad según esa misma normativa, una semana después de que se hubiese conocido el fallo que publicó el sábado este diario.

Las licencias se han concedido a la empresa Telefónica. Uno de los dispositivos se instalará en Magistrado Manuel Artime y, el otro, en Pintor Seijo Rubio. El Gobierno local asegura que trabajará para adaptar la ordenanza, que es la que aprobó el PSOE en 2004, tras la sentencia del Tribunal Supremo.

En total, la sentencia anula una decena de preceptos y la deja sin contenido porque considera que el Ayuntamiento no tiene potestad para regular en un ámbito en el que las competencias son del Estado. Con este fallo en la mano, las antenas instaladas en el periodo 2004-abril de 2012 podrían ser recurridas e incluso anuladas, ya que sus licencias se concedieron basándose en un documento que ahora carece de valor.

La ordenanza aprobada por los socialistas en 2004 pierde sus puntos más restrictivos. Según este documento, no se podía instalar en la ciudad una antena sino estaba a más de cien metros de las guarderías, escuelas, residencias sanitarias y de la tercera edad.

La sentencia impide también que los técnicos municipales visiten los dispositivos que dan cobertura a los teléfonos móviles y, en caso de que estuviesen en malas condiciones, ordenar su cierre; hasta invalida la obligación que tenían las empresas que quisiesen instalar sus antenas en la ciudad de renovar el equipamiento de los repetidores con los aparatos modernos que fuesen saliendo al mercado.

Con estos preceptos, el Gobierno local pretendía resguardar a la población del riesgo de los campos eletromagnéticos que generan estos equipos. La sentencia del Alto Tribunal ratifica la anulación de dos artículos de la ordenanza que había ordenado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en octubre de 2007 y, además añade otros siete con lo que favorece a las empresas de telecomunicaciones. Fue Vodafone España la empresa que presentó el recurso contra la ordenanza del Concello aprobada en 2004.

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