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Todos los Alcaldes, Ayuntamientos, cabildos ,Concejales, funcionarios, estan en cuestión por
convocar oposiciones nulas con requisitos nulos de limpieza o purga de disidentes informantes
de corrupción, por imponer sanciones perpetuas de Tribunal de Honor (separación de servicio)o
despido sin posibilidad de rehabilitación, viciando de nulidad todas las oposiciones temarios,
preparadores, listas de admitidos y excluidos por requisitos franquista de NO HABER SIDO
Separado de servicio ni despedido, bajo el llamado JURAMENTO DE EXCLUSION TOTALITARIA
ANTI CE UE J.E.T.A. Franquista del art. 30.1.e DLFCE 1964 de Carrero utilizado para expulsar de
la Universidad a perpetuidad a los catedráticos Aranguren,Tierno y García Calvo en 1965, lo cual
fue reformado para Jueces y Fiscales y Magistrados de Trabajo dependientes de los ministros de
Justicia y Trabajo por los Reglamentos Orgánicos de Adaptacion de Cuerpos de Admon Justicia
Y Trabajo ROACAJ ROACAT1966 cuyas separaciones no son perpetuas pues tenían rehabilitación
discriminando a todos los demás Cuerpos de Abogados del Estado,Inspectores TSS,Hacienda, y
resto AAPP , agravado por el Juramento art. 56.1.d EBEP 2007 de Zapatero que excluye a
perpetuidad sin posibilidad de rehabilitacion
además del separado al despedido
Escrito el 21/10/2025 22:23:01 por abuelokanguro@gmail.com
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