Reciclaje textil posconsumo

 02/10/2026
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Resolución TER/3448/2026, de 23 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir las subvenciones para proyectos de desarrollo experimental de tecnologías y cadenas de valor para el reciclaje textil posconsumo en Cataluña (DOGC de 1 de octubre de 2026). Texto completo.

RESOLUCIÓN TER/3448/2026, DE 23 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE DESARROLLO EXPERIMENTAL DE TECNOLOGÍAS Y CADENAS DE VALOR PARA EL RECICLAJE TEXTIL POSCONSUMO EN CATALUÑA

La industria es uno de los principales motores de prosperidad, innovación y empleo de calidad en Cataluña. En este sentido, el Pacto Nacional para la Industria 2026-2030 identifica la innovación, sostenibilidad y circularidad como factores clave para reforzar la competitividad y resiliencia del tejido productivo catalán. En esta misma línea, la Estrategia de Innovación Empresarial de Cataluña 2026-2030, aprobada recientemente por el Gobierno y liderada por ACCIÓ, establece la necesidad de fortalecer la capacidad innovadora de las empresas, acelerar la transferencia y la adopción de tecnología, impulsar nuevos modelos de negocio y reforzar la competitividad del tejido productivo ante los retos asociados a las transiciones verde y tecnológica. La promoción de proyectos de desarrollo experimental en el ámbito del reciclaje textil postconsumo contribuye directamente a estos objetivos, al favorecer la generación y aplicación de conocimiento, el desarrollo de nuevas capacidades tecnológicas e industriales y la creación de nuevas oportunidades de mercado vinculadas a la economía circular.

La transición hacia modelos productivos más circulares no solo responde a objetivos ambientales, sino que constituye también una oportunidad para desarrollar nuevas capacidades industriales, generar actividad económica de alto valor añadido, reducir dependencias de materias primas importadas y posicionar a Cataluña en cadenas de valor emergentes vinculadas a la economía circular.  

En este contexto, el desarrollo de tecnologías y procesos avanzados de reciclaje resulta una herramienta de política industrial orientada a impulsar la innovación empresarial, acelerar la transferencia tecnológica y favorecer la creación de nuevas actividades industriales competitivas y sostenibles en el territorio. 

El sector textil constituye un ámbito especialmente relevante para avanzar en estos objetivos, dada su tradición industrial en Cataluña, el peso de su cadena de valor y los retos asociados a la transición hacia modelos de producción más circulares y eficientes en el uso de los recursos. 

El sector textil se encuentra ante un reto ambiental, industrial y económico de primer orden. La generación de residuos textiles crece de forma sostenida en Cataluña, España y Europa, mientras que la capacidad industrial para gestionarlos, valorizarlos y reincorporarlos a los procesos productivos sigue siendo insuficiente. Esta situación justifica plenamente la necesidad de impulsar una convocatoria específica de ayudas destinada al desarrollo de capacidades industriales de reciclaje de residuos textiles posconsumo.

En Cataluña, cada persona consume cerca de 25 kg de ropa al año, pero solo un 13% de los residuos textiles se recogen de forma selectiva. El resto termina mayoritariamente en vertederos o en instalaciones de incineración, con la consiguiente pérdida de recursos materiales y energéticos.

Este fenómeno no es exclusivo de Cataluña. A nivel europeo, el consumo de textiles ha aumentado hasta los 19 kg por habitante y año, mientras que anualmente se generan entre 5 y 12,6 millones de toneladas de residuos textiles, según las distintas metodologías de cálculo que utilizan las instituciones europeas. No obstante, menos del 1% de los materiales textiles se reciclan realmente en nuevas fibras textiles, lo que evidencia la falta de un sistema circular consolidado.

Esta situación se torna aún más relevante teniendo en cuenta que, desde 2025, la normativa europea y la estatal establecen la obligatoriedad de la recogida selectiva de los residuos textiles, lo que provocará un incremento muy significativo en los volúmenes de material recogido y, por tanto, de la necesidad de disponer de infraestructuras industriales capaces de gestionarlos adecuadamente.

Pese a la creciente disponibilidad de residuos textiles que podrían convertirse en materia prima secundaria, el sector industrial del reciclaje textil sigue presentando importantes limitaciones estructurales. Los procesos de clasificación, separación de fibras, eliminación de elementos no textiles y obtención de hilo reciclado precisan de tecnologías avanzadas e inversiones elevadas. Además, la complejidad de los productos textiles actuales, formados con frecuencia por mezclas de fibras y múltiples componentes, dificulta notablemente los procesos de reciclaje e incrementa los costes de producción.

Paralelamente, existe un claro fallo de mercado. En la actualidad, la demanda de hilo reciclado procedente de residuo textil posconsumo es insuficiente para absorber toda la capacidad de producción potencial. La industria textil sigue priorizando mayoritariamente el uso de fibras vírgenes, dado que presentan una mayor disponibilidad, una calidad homogénea y, sobre todo, unos costes inferiores a los de las fibras recicladas.

En efecto, el coste de producción del hilo reciclado posconsumo es significativamente superior al del hilo virgen debido a las operaciones adicionales de recogida, clasificación, descontaminación, separación de fibras y regeneración del material. Esta diferencia en el coste reduce la competitividad de los productos reciclados y dificulta la consolidación de un mercado capaz de absorber la producción industrial sin ayuda pública.

Esta situación genera un círculo vicioso: la falta de demanda limita las inversiones industriales y, a su vez, la escasa capacidad industrial impide alcanzar economías de escala que permitirían reducir costes y mejorar la competitividad de los materiales reciclados. Por este motivo, el mercado por sí solo no es capaz de generar los incentivos necesarios para desarrollar una cadena de valor circular robusta.

La intervención pública resulta necesaria para superar las barreras tecnológicas y económicas que actualmente limitan el desarrollo del reciclaje textil posconsumo. En este contexto, una convocatoria de ayudas amparada en el artículo 25 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L187, de 26.6.2014), modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023 (DOUE-L-2023-80943), permite prestar apoyo a proyectos de desarrollo experimental y demostración industrial con un elevado riesgo tecnológico y de mercado, y favorecer la creación de nuevas capacidades industriales y la consolidación de una cadena de valor circular del textil en Cataluña.

La necesidad de esta actuación queda reforzada por los objetivos estratégicos de Cataluña en materia de economía circular. El Segundo Pacto para la Moda Circular establece como objetivos: alcanzar una recogida selectiva del 30% del residuo textil en 2029, incrementar la reutilización hasta el 55-60% y alcanzar tasas de reciclaje de entre el 40% y el 50%, consolidando así una industria textil más competitiva y resiliente.

Por todo ello, una convocatoria de ayudas orientada al desarrollo de proyectos industriales de reciclaje del residuo textil posconsumo está plenamente justificada por la existencia de un fallo de mercado, por la necesidad de acelerar la transición hacia una economía circular, por la obligación de dar respuesta a los nuevos requerimientos normativos europeos y por la conveniencia de impulsar una nueva capacidad industrial estratégica que permita valorizar localmente los residuos generados y reducir la dependencia de materias primas vírgenes.

Visto el artículo 93.c del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , que prevé los órganos competentes para otorgar subvenciones, y el artículo 64 del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio , que atribuye al director de la Agencia de Residuos de Cataluña la facultad de ejecutar los acuerdos del Consejo de Dirección;

Visto el capítulo IX del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre , y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones, y del Real decreto 887/2006, de 21 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 19/2014, de 29 de diciembre , de acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre , de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Visto que la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en lo que se refiere al funcionamiento de la Administración electrónica y de la normativa de desarrollo, como el Real decreto 203/2021, de 30 de marzo , por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y el Decreto 76/2020, de 4 de agosto , de administración digital;

Visto lo que disponen la Ley 26/2010, de 3 de agosto , de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el Acuerdo del Consejo de Dirección de la Agencia de Residuos de Cataluña adoptado en fecha 6 de julio de 2026,

Resuelvo:

-1 Aprobar las bases reguladoras que deben regir la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos piloto de clasificación y triaje de residuos aptos para el reciclaje, preparación para el reciclaje, reciclaje y reintroducción de residuos textiles posconsumo en Cataluña, que constan como anexo 1 de la presente Resolución.

-2 Las subvenciones que son objeto de estas bases reguladoras están sujetas al Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L187, de 26.6.2014), modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023 (DOUE-L-2023-80943).

-3 A efectos de la aplicación y la interpretación de estas bases reguladoras, rige la terminología prevista en el anexo 2 de la presente Resolución.

-4 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 , 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimientos de las administraciones públicas de Cataluña, ante la consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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