Medalla y Placa al Trabajo President Macià

 28/09/2026
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Orden EMT/181/2026, de 16 de septiembre, de modificación de la Orden EMT/6/2026, de 23 de enero, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria de concesión de los galardones Medalla y Placa al Trabajo President Macià (DOGC de 25 de septiembre de 2026). Texto completo.

ORDEN EMT/181/2026, DE 16 DE SEPTIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EMT/6/2026, DE 23 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE LOS GALARDONES MEDALLA Y PLACA AL TRABAJO PRESIDENT MACIÀ

El 28 de enero de 2026 se publicó la Orden EMT/6/2026, de 23 de enero, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria de concesión de los galardones Medalla y Placa al Trabajo President Macià (DOGC núm. 9592, de 28.1.2026).

Mediante esta Orden de modificación de la Orden EMT/6/2026, se capacita al presidente del jurado para proponer candidaturas de oficio. Se ha considerado necesario introducir esta facultad para proponer candidaturas a la concesión de la Medalla y la Placa cuando concurran circunstancias excepcionales, méritos destacados, una trayectoria de relevancia especial, así como el velar por la representación paritaria de mujeres y hombres en las candidaturas.

Visto que las modificaciones propuestas no tienen efectos económicos;

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 12.d) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y el artículo 40.1 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno,

Ordeno:

Artículo único

Añadir a la base 4.3 del anexo de la Orden EMT/6/2026 el siguiente párrafo:

“No obstante, y de forma excepcional, el presidente del jurado podrá proponer candidaturas a la concesión de la Medalla al Trabajo President Macià o de la Placa al Trabajo President Macià cuando concurran circunstancias excepcionales, méritos singulares, trayectorias de relevancia especial en el ámbito del trabajo o el velar por la representación paritaria de mujeres y hombres en las candidaturas.”

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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