RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5465-2026, EN RELACIÓN CON LA LEY 1/2026, DE 15 DE ABRIL, POR LA QUE SE HABILITA A LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN POPULAR EN DETERMINADOS ÁMBITOS.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de septiembre de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5465-2026, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con la Ley 1/2026, de 15 de abril, por la que se habilita a la Comunidad de Madrid para el ejercicio de la acción popular en determinados ámbitos. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la ley impugnada desde la fecha de interposición del recurso -16/07/2026-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el “Boletín Oficial del Estado” para los terceros.