CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1022-2019, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO ÚNICO DEL REAL DECRETO-LEY 2/2016, DE 30 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE INTRODUCEN MEDIDAS TRIBUTARIAS DIRIGIDAS A LA REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO, QUE DA NUEVA REDACCIÓN A LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA ("MODIFICACIONES EN EL RÉGIMEN LEGAL DE LOS PAGOS FRACCIONADOS") DE LA LEY 27/2014, DE 27 DE NOVIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 31.1 Y 86.1 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1022-2019 planteada por la Sección 7.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el procedimiento ordinario número 900-2016, en relación con el artículo único del Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, que da nueva redacción a la disposición adicional decimocuarta (“Modificaciones en el régimen legal de los pagos fraccionados”) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre , del Impuesto sobre Sociedades, por posible vulneración de los artículos 31.1 y 86.1 CE.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 900-2016 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Madrid, 7 de mayo de 2019.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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