Plazo de presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones

 04/02/2014
 Compartir: 

Orden de 30 de enero de 2014, por la que se amplía el plazo de presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones (BOC de 3 de febrero de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 30 DE ENERO DE 2014, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DETERMINADAS DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES.

El artículo 6.l) de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone como competencia del consejero competente en materia de hacienda el establecer y modificar los plazos de presentación de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones de datos y solicitudes en materia tributaria.

Como consecuencia de las interrupciones en el funcionamiento de las comunicaciones que afectan al acceso e interacción en la sede electrónica y portal web de la Administración Tributaria Canaria, los obligados tributarios se han encontrado con dificultades en la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones cuyo plazo de presentación finaliza el día 31 de enero de 2014. Por todo ello, se hace preciso ampliar el plazo de presentación de las mismas.

Conforme a todo ello,

D I S P O N G O:

Primero.- Se amplía hasta el día 4 de febrero de 2014 el plazo de presentación de las autoliquidaciones y declaraciones del Impuesto General Indirecto Canario, Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, Impuesto sobre las Labores del Tabaco e Impuesto Especial sobre Combustibles Derivados del Petróleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyo vencimiento sea el día 31 de enero de 2014.

Segundo.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tendrá efectos desde el día 31 de enero de 2014.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana