EXTRACTO DE LA ORDEN FOM/12/2026, DE 6 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA PARA LA ELABORACIÓN DE UN CENSO Y CRONOGRAMA DE RETIRADA DE INSTALACIONES Y EMPLAZAMIENTOS CON AMIANTO SITOS EN SUS RESPECTIVOS TÉRMINOS MUNICIPALES.
BDNS (Identif.): 934039.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/934039) Uno de los objetivos generales establecidos en la Ley 7/2022, de 8 de abril , de residuos y suelos contaminados para una economía circular (en adelante Ley 7/2022), es la concienciación sobre la problemática del uso de amianto y la necesidad de su localización y desmantelamiento de las infraestructuras o instalaciones que aún lo contengan, fortaleciendo la protección del medio ambiente y la salud humana al incluir medidas para contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
La finalidad de la subvención es impulsar, facilitar y garantizar la correcta identificación y planificación de la retirada de las instalaciones y emplazamientos con amianto de los distintos términos municipales de Cantabria, en cumplimiento de la exigencia legal contemplada en la disposición adicional decimocuarta de la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril , de residuos y suelos contaminados para una economía circular, alcanzando con ello una mejora para el medioambiente y la salud pública.
Primero. - Objeto y finalidad de las subvenciones.
Establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las entidades locales de Cantabria destinadas a financiar la elaboración, por cada uno de ellos, de un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, tanto de titularidad pública como privada, sitos en sus respectivos términos municipales, incluyendo un calendario que planifique su retirada.
La finalidad de la subvención es impulsar, facilitar y garantizar la correcta identificación y planificación de la retirada de las instalaciones y emplazamientos con amianto de los distintos términos municipales de Cantabria, en cumplimiento de la exigencia legal contemplada en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2022, de 8 de abril , de residuos y suelos contaminados para una economía circular, alcanzando con ello una mejora para el medioambiente y la salud pública.
Segundo. - Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en quienes concurra cualesquiera de las circunstancias previstas en la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria que impidan obtener dicha condición.
Cuarto. - Cuantía.
La subvención podrá cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables asumidos por la entidad beneficiaria con un máximo de 5.000 € por entidad local. Dicha cuantía podrá aumentarse en el caso de que la suma de los importes de las solicitudes admitidas sea inferior al crédito disponible, en cuyo caso, el crédito sobrante se dividirá entre las solicitudes aceptadas, no pudiendo, superar la subvención concedida, en ningún caso, el coste importe del proyecto a financiar Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Sexto. - Resolución.
La Resolución por la que se concedan y/o denieguen las subvenciones pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el propio órgano que la hubiese dictado, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente al de la notificación de la misma.