EXTRACTO DE LA ORDEN ECD/94/2016, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PÚBLICAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA ORGANIZACIÓN DE COMPETICIONES Y ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS POR PARTE DE ENTIDADES LOCALES.
BDNS (Identif.): 314342.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria cuando participen en la organización de competiciones o acontecimientos deportivos.
En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12 , apartados 2 y 3 , de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Segundo. Objeto:
La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos por parte de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden ECD/52/2016, 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos.
Cuarto. Cuantía:
La cuantía total máxima, dentro del crédito disponible, será 100.000 .
La cuantía de las subvenciones no podrá superar el 75% del coste de la actividad subvencionada, ni la cuantía de 15.000 .
La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de publicación de este extracto.
Sexto. Documentación:
La solicitud de subvención, incluida la correspondiente declaración responsable, se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de esta Orden, irá firmada por el representante legal y por el secretario-interventor de la entidad local solicitante, y se acompañará de la documentación señalada en el artículo 4.6 de la Orden de convocatoria.
Escrito el 18/08/2016 19:53:20 por marisma@clubdeportivomarisma.com
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