ORDEN 8/2016, DE 18 DE MARZO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE MODIFICA EL CATÁLOGO DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA RIOJA
Visto:
1. Que el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobado por Decreto 36/2014, de 29 de agosto, contiene el MUP n.º 27 Redonda y Valvanera, en los términos municipales de Anguiano, Matute y Tobía, cuya pertenencia figura como Mancomunidad de Anguiano, Matute y Tobía.
2. Que del mismo modo el MUP n.º 28 Serradero y Roñas, en el término municipal de Anguiano, figura con pertenencia de la Mancomunidad de Anguiano, Matute y Tobía.
3. Que la Sentencia n.º 203/2015, de 31 de julio, de la Audiencia Provincial de La Rioja declara que los citados montes n.º 27 y 28 pertenecen en copropiedad y en proindiviso a los tres Ayuntamientos de Anguiano, Matute y Tobía por terceras e iguales partes.
4. El artículo 15.1.c) del Decreto 114/2003, de 30 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja, que estipula que dará lugar a la modificación del Catálogo las rectificaciones derivadas de la ejecución de sentencias judiciales.
5. El artículo 15.2 del Decreto 114/2003, en el que se establece que dicha modificación se realizará mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente.
Ordeno:
1.- Que se rectifique el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de La Rioja en los siguientes términos:
a) Monte de Utilidad Pública N.º 27, Redonda y Valvanera. Término municipal de Anguiano, Matute y Tobía. Pertenencia en copropiedad y en proindiviso de los Ayuntamientos de Anguiano, Matute y Tobía por terceras e iguales partes.
b) Monte de Utilidad Pública N.º 28, Serradero y Roñas. Término municipal de Anguiano. Pertenencia en copropiedad y en proindiviso de los Ayuntamientos de Anguiano, Matute y Tobía por terceras e iguales partes.
2.- Su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
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