RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5868-2012, CONTRA LOS APARTADOS 1, 3, 5, 6, 7, 8 Y 9 DEL ARTÍCULO ÚNICO; LA DISPOSICIÓN DEROGATORIA Y LAS DISPOSICIONES FINALES PRIMERA, APARTADOS 1, 2, 4, 5 Y 7; SEGUNDA Y TERCERA DE LA LEY 9/2012, DE 19 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 3/2007, DE 27 DE MARZO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5868-2012, promovido por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Socialista del Senado contra los apartados 1, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 del artículo único; la disposición derogatoria y las disposiciones finales primera, apartados 1, 2, 4, 5 y 7; segunda y tercera de la Ley 9/2012, de 19 de julio, por la que se modifica la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Madrid, 13 de noviembre de 2012.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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