RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5763-2012, CONTRA LOS ARTÍCULOS 22.8 Y 22.9, DISPOSICIÓN TRANSITORIA DÉCIMA, APARTADO PRIMERO DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DUODÉCIMA Y EL PÁRRAFO TERCERO DE LA DISPOSICIÓN FINAL CUARTA DEL REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5763-2012, promovido por el Parlamento de Navarra, contra los artículos 22.8 y 22.9, disposición transitoria décima, apartado primero de la disposición transitoria duodécima y el párrafo tercero de la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Madrid, 13 de noviembre de 2012.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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