ORDEN 4/2012, DE 12 DE ABRIL DE 2012, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA, POR LA QUE SE AMPLÍA LA RELACIÓN DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS SUSCEPTIBLES DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA
Preámbulo
La Dirección General de Contratación Centralizada y Patrimonio ha venido realizando una labor de análisis y estudio de las necesidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en orden a la contratación centralizada de suministros, servicios y obras.
Como consecuencia de dicho estudio, se ha detectado la viabilidad de incorporar como nuevas categorías de servicios de adquisición centralizada, dada su importancia económica y su naturaleza homogénea, los servicios de seguros correspondientes a vehículos, incendios y responsabilidad patrimonial, los servicios postales y los servicios de mensajería y paquetería.
La Comisión Delegada del Gobierno de Adquisiciones e Inversiones, ha formulado propuesta en tal sentido mediante acuerdo adoptado en su reunión de 24 de febrero de 2012.
El artículo 2.3 del Decreto 29/2011 determina que mediante Orden del Consejero competente en materia de Hacienda, a propuesta de la Comisión Delegada de Adquisiciones e Inversiones podrán declararse nuevas categorías, así como modificar la relación de las ya declaradas en el Anexo I del Decreto.
En su virtud, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, apruebo la siguiente
Orden
Artículo único. Modificación del Anexo I del Decreto 29/2011, de 8 de abril , por el que se determinan los órganos a los que corresponde la gestión centralizada de bienes, obras y servicios para racionalizar y ordenar su adjudicación.
Se amplía la relación de obras, servicios y suministros susceptibles de adquisición centralizada incluida en el Anexo I del Decreto 29/2011, de 8 de abril , por el que se determinan los órganos a los que corresponde la gestión centralizada de bienes, obras y servicios para racionalizar y ordenar su adjudicación, que queda redactado en los siguientes términos:
"Anexo I
Obras, servicios y suministros susceptibles de contratación centralizada
Primero. Servicios de adquisición centralizada.
- Servicios de seguridad.
- Servicio de limpieza
- Servicios de telecomunicaciones (telefonía fija y móvil).
- Servicios de seguros: vehículos, incendios y responsabilidad patrimonial.
- Servicios postales.
- Servicios de mensajería y paquetería.
Segundo. Suministros de adquisición centralizada.
- Material ordinario no inventariable de oficina.
- Papel de fotocopiadora.
- Tóner y material auxiliar de informática.
- Mobiliario de oficina y complementario.
- Equipos de informática e informática móvil.
- Combustibles de calefacción.
- Carburante para vehículos y maquinaria.
- Maquinaria diversa de oficina y equipos audiovisuales.
- Vehículos de turismo, transporte de mercancías y todoterreno.
- Material de telecomunicaciones.
- Prendas de trabajo.
- Energía eléctrica y gas.
Tercero. Obras homologadas.
- Fontanería.
- Electricidad."
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
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